26 quemados dentro de las casas antes mencionadas; no enterrándolas, ni haciendo mucho menos ningún reconocimiento judicial (…) Actualmente, la declarante no recuerda los nombres de todos los masacrados; que según era la tribulación en que se encontraba, no puede reconocer a ningún soldado de los que asesinaron o realizaron dicho genocidio. Pero sabe que el coronel que dio la orden para esa masacre fue el Coronel Domingo Monterrosa53. 70. Además de Rufina Amaya, sobrevivientes de las masacres subsiguientes que se narran infra, indicaron haber acudido a El Mozote después de la masacre en busca de familiares que vivían allí, encontrándose con cadáveres y casas quemadas54. Así por ejemplo, refiriéndose a El Mozote, la señora Rosa Ramírez Hernández, indicó que “fue a ver al lugar de los hechos, y vio restos de niños, personas adultas, quemadas; que los muertos eran bastantes (…)”55. En similar sentido, la señora María Teófila Pereira indicó que no presenció la muerte, pero sí vio los cadáveres tendidos en el suelo en El Mozote56. Por su parte, el señor Anastasio Pereira Vigil señaló que escuchó por la “voz pública” los asesinatos en El Mozote, por lo que fue a visitar a su hermana, encontrando en su casa el cadáver de los miembros de la familia57. Agregó que “además de los cadáveres de sus familiares, en la iglesia (…) se veían cuerpos de personas tentidas (sic), pero no puede decir cuantas porque el no se acercó a dicha iglesia, ya que el (sic) olor no se soportaba”58. Los señores Juan Bautista Márquez y Raquel Romero Claros también mencionaron que a varios de sus familiares les dieron muerte en el caserío El Mozote59. 71. Por su parte, los trabajos de exhumación realizados hasta la fecha indican elementos consistentes con estas descripciones. Así por ejemplo, en el contexto de las exhumaciones correspondientes a 1992, el experto del Equipo Argentino de Antropología Forense, Luís Fondebrider, indicó que “lo que estamos encontrando es que más del 90% de los restos pertenecen a niños menores de 13 años (…) algunos tienen orificios de bala (…) muchos tienen fracturas de cráneo, en muchos casos los huesos están más descompuestos porque no estaban completamente formados, eran de niños”60. 53 Declaración de Rufina Amaya Vda. de Márquez ante la Oficina de Tutela Legal del Arzobispado de 10 de octubre de 1990. (Anexo a la petición inicial de 30 de octubre de 1990). La declaración de la señora Rufina Amaya también fue referida en un reporte del Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (IDHUCA). Ver: Reporte del IDHUCA. Consideraciones sobre la impunidad a propósito de la masacre del El Mozote. Número 451 de 7 de noviembre de 1990. Respecto de otros posibles testigos de la masacre, Rufina Amaya indicó: “La declarante recuerda que un niño salió corriendo por los montes, y huyó y es de nombre CHEPITO MARQUEZ, hijo de la señora MARCELINA MARQUEZ y GERTRUDIS GUEVARA, y si vive es el otro testigo de dicha masacre”. 54 Declaración de Juan Bautista Márquez ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera. 30 de octubre de 1990. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006). 55 Declaración de Rosa Ramírez Hernández ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera. 30 de enero de 1991. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006). 56 Declaración de María Teofila Pereira ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera. 18 de febrero de 1991. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006). 57 Declaración de Anastacio Pereira Vigil. 2 de junio de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006). 58 Declaración de Anastacio Pereira Vigil. 2 de junio de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006). 59 Declaración de Juan Bautista Márquez ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de San Francisco Gotera. 11 de marzo de 1990. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006); y Declaración de Raquel Romero Claros Viuda de Claros. 2 de junio de 1992. Expediente judicial. (Anexo 2 al escrito de los peticionarios de 7 de julio de 2006). 60 Nota de prensa de 22 de octubre de 1992. “Restos mortales verifican la muerte de niños salvadoreños: batallón militar acusado en la masacre de 1981”.

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