16 de los 17 detenidos, incluyendo a seis mujeres 26 , constatando que recibieron golpes e humillaciones, maltrato físico y psicológico, principalmente cuando se encontraban en las dependencias de la policía judicial, que las mujeres habían sido obligadas a desnudarse frente a uniformados varones, que muchos de ellos se encontraban en régimen de aislamiento e incomunicación, que algunos no sabían quiénes eran sus abogados, otros no habían recibidos asistencia médica, medicamentos, agua y/o comida por algunos días27. 23. En términos similares, y luego de haberse hecho público un video del operativo, en el periódico “La Razón” de 2 de mayo de 2002, se afirma que los efectivos policiales utilizaron fuerza excesiva durante la detención de los sospechosos, quienes fueron maniatados y fuertemente golpeados 28 . La Comisión tuvo también a la vista un video (sin audio) en el que, si bien no se observan actos de violencia directa, efectivamente, es posible constatar que varios de los detenidos habían sido fuertemente golpeados – sus caras estaban hinchadas y sangraban – y se encontraban maniatados con esposas por la espalda y puestos en el suelo boca abajo 29 . Es posible ver también que alguien, con la punta de un zapato, movía las cabezas de sujetos ya esposados para mostrarlas a la cámara30. Se observan niños en el video, pero ninguno de ellos está esposado ni boca abajo31. También aparecen mujeres en el video, todas vestidas, y solo una de ellas se ve en el suelo boca abajo32 mientras que otra se encuentra esposada, pero de pie hablando con quienes la detenían33. Además, consta en el video que en el operativo se incautaron grandes cantidades de dinero – dólares y bolivianos – en fajos, envueltos en papel o en bolsas negras, y en bolsas de Prosegur34; una gran cantidad de joyas, en cajas y dentro de una maleta35; armas de fuego – metralletas, rifles, escopetas y pistolas – municiones y granadas36; pasaportes37; chalecos antibalas38; y placas de automóviles39. 24. Según consta de informes del Defensor del Pueblo de la República de Bolivia 40 , nueve de los detenidos41, estuvieron por más de 60 días en régimen de aislamiento cerrado, sin derecho a salir al patio ni ingresar a la población penal, sin salida al sol ni acceso a teléfono. Solo después de una reunión entre funcionarios de la oficina del Defensor y el Cnl. Carlos Fernández Maceda, Gobernador del Penal de Chonchocoro, celebrada el 28 de febrero de 2002, éste se comprometió a trasladarlos al día siguiente. El Defensor del Pueblo da cuenta en sus informes de la vulneración de los derechos de los detenidos, pero estima que ésta fue subsanada por la autoridad al haberlos trasladado a celdas abiertas, lo que fue constatado por su oficina el 5 de marzo de 2003. 25. Según consta de informes médicos, el 14 de abril de 2002, falleció Walter Herrera Ríos, de 44 años de edad, producto de un Infarto Cerebral sufrido el 12 de abril de 2002, en las dependencias del penal de Freddy Cáceres, Raúl Lulleman Gutiérrez, Enrique o Carlos Castro Ramírez, Carlos Eladio Cruz Añez, Alfredo Farfán Larrosa o José Miguel Abildo Díaz, Blas Valencia Campos, Juan Ramírez Ortega, Oswaldo Lulleman Antezana, Walter Herrera Ríos, Elacio Peña Córdova, Alfredo Rodríguez Vives, Mercedes Valencua Chuquimia, Claudia Valencia Alarcón, Norma Alarcón de Valencia, Francis Elida Pimentela Merino, Victoria Gutiérrez Aguilar y Patricia Gallardo Arduz. 27 Anexo 08. Extracto del periódico “La Prensa” de fecha 30 de enero de 2002, Anexo Denuncia de los peticionarios de 24 de enero de 2003. 28 Anexo 09. Extracto del periódico “La Razón” de fecha 2 de mayo de 2002, Anexo Denuncia de los peticionarios de 24 de enero de 2003. 29 Anexo 10. Video (sin audio) en formato VHS del operativo policial y la reconstrucción de los hechos, minutos 20:55, 27:30-30:16, 30:4030:52, 31:45-32:05, 32:00-33:00, 34:30, 38:15, 38:45. 30 Anexo 10. Video (sin audio) en formato VHS del operativo policial y la reconstrucción de los hechos, minutos 28:00-30:17. 31 Anexo 10. Video (sin audio) en formato VHS del operativo policial y la reconstrucción de los hechos, minutos 9:05-12:17, 26:25, 26:35. 32 Anexo 10. Video (sin audio) en formato VHS del operativo policial y la reconstrucción de los hechos, minuto 38:40. 33 Anexo 10. Video (sin audio) en formato VHS del operativo policial y la reconstrucción de los hechos, minutos 39:10, 39:30, 39:50-40:32, 41:30-41:47, 42:45-45:32. 34 Anexo 10. Video (sin audio) en formato VHS del operativo policial y la reconstrucción de los hechos, minutos 20:30, 21:04, 21:45, 28:3829:22, 30:25-30:32, 31:08, 31:30-31:42, 35:58-36:20, 38:10, 38:30, 39:20, 39:30, 40:45-41:12, 48:00-49:30. 35 Anexo 10. Video (sin audio) en formato VHS del operativo policial y la reconstrucción de los hechos, minutos 36:20-37:02, 46:20, 50:3051:32. 36 Anexo 10. Video (sin audio) en formato VHS del operativo policial y la reconstrucción de los hechos, minutos 22:30, 22:50-23:42, 31:00, 33:20-34:31, 34:45, 34:58, 37:00-38:02, 49:45-52:17. 37 Anexo 10. Video (sin audio) en formato VHS del operativo policial y la reconstrucción de los hechos, minutos 46:26-47:52. 38 Anexo 10. Video (sin audio) en formato VHS del operativo policial y la reconstrucción de los hechos, minutos 40:45-41:12. 39 Anexo 10. Video (sin audio) en formato VHS del operativo policial y la reconstrucción de los hechos, minutos 35:10-35:42. 40 Anexo 11. Informe de Gestión Directa de la Defensoría del Pueblo. Caso No. 0277-ALT-2002. 6 de marzo de 2002; Anexo 12. Informe PA/ALT/00081/2002/DH de la Defensoría del Pueblo. Caso No. 0277-ALT-2002. 20 de marzo de 2002. 41 Blas Valencia Campos, Oswaldo Lulleman, Carlos Cruz Añez, Alfredo Rodríguez Vives, Enrique Castro Ramírez, Ignacio Peña Córdoba, Juan Ramirez Ortega, Walter Herrera Ríos y José Miguel Albidio Diaz. 26 7

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