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Procuraduría de los Derechos Humanos, al Programa Nacional de Resarcimiento y a la
Fundación de Antropología Forense de Guatemala165.
161. En los registros del Archivo de la Policía Nacional figura información relativa
a los oficiales encargados de las operaciones desde 20 de enero al 23 de enero de 1984166.
162. De acuerdo a la información proporcionada por los peticionarios y no
controvertida por el Estado, se han identificado como familiares afectados por la
desaparición forzada de Víctor Manuel Calderón Díaz, a las siguientes personas: Gumercinda
Díaz Conté (madre de la víctima), Víctor Calderón Gil (padre de la víctima), Zonia Odilia
Ortega Revolorio (esposa de la víctima), Sonia Guisela Calderón Revolorio (hija de la víctima
y peticionaria), Víctor Manuel Calderón Revolorio (hijo de la víctima), Lourdes Melissa
Calderón Revolorio (hija de la víctima), Fabián Calderón Díaz (hermano de la víctima),
Katherine Andrea Hernández Calderón (nieta de la víctima) y Diana Guisela Hernández
Calderón (nieta de la víctima)167.
4.8.
Amancio Samuel Villatoro168
163. Amancio Samuel Villatoro tenía 47 años y 5 hijos. Recibió su título de
tornero mecánico industrial y empezó a trabajar en la fábrica de Chiclets Adams, llegando a
ser Secretario General del sindicato de esa empresa. Posteriormente, estudió ingeniería
industrial en la USAC pero tuvo que abandonar su carrera un año antes de finalizar por la
situación de inseguridad y violencia que se vivía en los años 80169. Asimismo, fue miembro
de la Central Nacional de Trabajadores y de la Central Nacional de Unidad Sindical170 y según
el testimonio de su hijo, militaba en las Fuerzas Armadas Rebeldes (en adelante, “FAR”),
como organizador de masas en la zona urbana. También solía ir al extranjero para buscar
ayuda para su causa171.
164. El 30 de enero de 1984 salió de su casa para encontrarse con un compañero
de trabajo y le dijo a la esposa que iba a la 4ta. calle y 5ta. Avenida de la Zona 1 a eso de
las 9 de la mañana, con la intención de regresar a almorzar a la 1 de la tarde, pero no
llegó172. Meses antes, se había sentido en peligro, puesto que 27 compañeros sindicalistas
fueron detenidos y desaparecidos en Escuintla y la víctima habría aparecido en una lista
165
En el año 2006, las autoridades habrían contestado que con los datos de la víctima se tramitó un
pasaporte 111801000136145 el 26 de agosto de 2005 y que registraba movimientos migratorios. Ver escrito del
Estado recibido el 17 de octubre de 2008. Anexo VIII. Solicitud de información cursada por el Ministerio Público a la
Procuraduría de los Derechos Humanos el 15 de abril de 2008, folio 63; solicitud de información cursada por el
Ministerio Público al Programa Nacional de Resarcimiento el 11 de junio de 2008, folio 65; y solicitud de
información cursada por el Ministerio Público a la Fundación de Antropología Forense el 3 de julio de 2008, folio 67.
166
Escrito del Estado recibido el 20 de marzo de 2009. Anexo A. Copia del Archivo Histórico de la Policía
Nacional, folios 157 al 161.
167
Escrito de los peticionarios recibido el 22 de junio de 2010.
168
La víctima aparece mencionada en el Tercer Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en la
República de Guatemala, 1985, citado.
169
Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XXXII-E. Declaración de María del Rosario
Bran de Villatoro del 2 de diciembre de 2004.
170
Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XXXII-F. Declaración de Sergio Raúl
Villatoro Bran del 21 de diciembre de 2004.
171
Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XXXII-F. Declaración de Sergio Raúl
Villatoro Bran del 21 de diciembre de 2004.
172
Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XXXII-E. Declaración de María del Rosario
Bran del Villatoro de 2 de diciembre de 2004.