RESUELVE: 1. Mantener las medidas provisionales en favor de Leidy Julieth Gallego, Jhon Alber Urrego, María Bibiancy Tabares, Víctor Alonso León, María Camila Henao y Miguel Ángel Orozco. 2. Ampliar las medidas provisionales a favor de María Elena Toro Torres, María Isabel Gallego Toro, Juan David Castañeda Ríos y Samuel y Juan Manuel, ambos Castañeda Gallego, y Óscar de Jesús Tabares. 3. Requerir al Estado que adopte de forma inmediata las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida e integridad personal a favor de las personas a que se refieren a los puntos resolutivos 1 y 2 de la presente Resolución. 4. Requerir al Estado que realice todas las gestiones pertinentes para que las medidas ordenadas en esta Resolución se planifiquen, coordinen e implementen con la participación de los beneficiarios o sus representantes y que, en general, los mantenga informados sobre el avance de su ejecución. 5. Requerir al Estado que informe a la Corte Interamericana de Derechos Humanos a más tardar el 10 de mayo de 2024 sobre las medidas adoptadas para dar cumplimiento a esta decisión, y sobre las medidas adoptadas en cumplimiento de la Resolución de la Corte de 8 de febrero de 2023. Con posterioridad, el Estado deberá presentar un informe periódico cada cuatro meses, respecto de las medidas adoptadas de conformidad con esta decisión. 6. Requerir a los representantes de los beneficiarios y a la Comisión Interamericana que presenten sus observaciones dentro de un plazo de cuatro y seis semanas, respectivamente, contadas a partir de la notificación de los informes del Estado. 7. Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución a la República de Colombia, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los representantes de los beneficiarios. Corte IDH. Caso Tabares Toro y otros Vs. Colombia. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de 14 de marzo de 2024. Resolución adoptada en San José, Costa Rica. Nancy Hernández López Presidenta Rodrigo Mudrovitsch Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Ricardo C. Pérez Manrique Verónica Gómez Patricia Pérez Goldberg 8

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