-5- a las obligaciones positivas y las consecuencias jurídicas de las violaciones de tales obligaciones" (párrs. 13-14)17. 13. Aunque la presunta lesión a un derecho individual provea la base material para el ejercicio del derecho de petición internacional, hay también un interés general de los Estados Partes en tratados de derechos humanos18 en asegurar que tal derecho de petición sea dotado de eficacia. En ese sentido, en relación con la Convención Europea de Derechos Humanos, por ejemplo, me permití señalar, en uno de mis libros, publicado hace más de dos décadas, que "in the general framework of the Convention, the right of individual petition, possessing a judicial character, rests upon the objective character of the engagements undertaken by the High Contracting Parties to the Convention, as its exercise contributes also to the fulfilment of the general interest in having the Convention respected"19. IV. Dimensiones Horizontal y Vertical de las Obligaciones Erga Omnes de Protección. 14. En la audiencia pública ante esta Corte en el presente caso del Pueblo Indígena de Sarayaku, realizada en Asunción, Paraguay, el 11 de mayo de 2005, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos argumentó que "los Estados tienen la obligación erga omnes de proteger a todas las personas que se encuentran bajo su jurisdicción, obligación que se impone no sólo en relación con el poder del Estado sino también en relación con la actuación de terceros particulares"20. Se impone, a mi modo de ver, a cualesquiera terceros, inclusive individuos constituidos en empresas o sociedades comerciales. 15. En la misma audiencia pública, los representantes de los beneficiarios de las medidas provisionales de protección solicitaron a la Corte que recordada al Estado "su obligación erga omnes de proteger a los miembros del pueblo de Sarayaku"21. Como consta de la grabación y la transcripción de la referida audiencia pública, archivadas en la Corte, el Presidente de la Asociación del Pueblo Kichwa de Sarayaku (M. Santi) señaló que sus representados se oponían a "toda actividad industrial agresiva"22. El Estado, de su parte, indicó a la Corte que "las medidas provisionales se están 17 . Cf. también, en ese sentido, mis Votos Concurrentes en las Resoluciones de la Corte en los casos de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó (del 18.06.2002, párrs. 2-9) y de las Comunidades del Jiguamiandó y del Curbaradó (del 06.03.2003, párrs. 4-6). 18 . En particular, los tratados que dispongan sobre ese mecanismo de protección (el sistema de peticiones individuales). 19 . A.A. Cançado Trindade, The Application of the Rule of Exhaustion of Local Remedies in International Law, Cambridge, University Press, 1983, p. 17. 20 Visto 31(e) de la presente Resolución. 21 Visto 32(s) de la presente Resolución, y cf. también visto 32(b). 22 Cf. visto 32(z) de la presente Resolución. . . .

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents