Corte Interamericana de Derechos Humanos
Caso Gangaram Panday Vs. Surinam
Sentencia de 4 de diciembre de 1991
(Excepciones Preliminares)
En el caso Gangaram Panday,
la Corte Interamericana de Derechos Humanos, integrada por los siguientes jueces:
Héctor Fix-Zamudio, Presidente
Thomas Buergenthal, Juez
Rafael Nieto Navia, Juez
Sonia Picado Sotela, Juez
Julio A. Barberis, Juez
Antônio A. Cançado Trindade, Juez ad hoc;
presentes, además,
Manuel E. Ventura Robles, Secretario y
Ana María Reina, Secretaria adjunta
de acuerdo con el artículo 27.4 del Reglamento vigente para los asuntos sometidos a
su consideración antes del 31 de julio de 1991 (en adelante “el Reglamento”), dicta
la siguiente sentencia sobre las excepciones preliminares interpuestas por el
Gobierno de Suriname (en adelante “el Gobierno” o “Suriname”).
I
1.
Este caso fue sometido a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en
adelante “la Corte”) por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en
adelante “la Comisión”) el 27 de agosto de 1990. Se originó en una denuncia (Nº
10.274) contra Suriname recibida en la Secretaría de la Comisión el 17 de diciembre
de 1988.
2.
Al presentar el caso, la Comisión invocó los artículos 51 y 61 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención” o “la Convención
Americana”) y el artículo 50 de su Reglamento. La Comisión sometió este caso con
el fin de que la Corte decida si hubo violación, por parte del Gobierno involucrado, de
los artículos 1 (Obligación de respetar los derechos), 2 (Deber de adoptar
disposiciones de derecho interno), 4 (Derecho a la vida), 5 (Derecho a la integridad
personal), 7 (Derecho a la libertad personal) y 25 (Protección judicial) de la
Convención en perjuicio del señor Choeramoenipersad Gangaram Panday, llamado
también Asok Gangaram Panday, y solicitó que la Corte “decida sobre este caso
conforme a las disposiciones de la Convención, que determine la responsabilidad por