55
expresar su preocupación por las denuncias de un uso continuado de las confesiones obtenidas mediante
tortura en los procesos judiciales130.
159.
Asimismo, el CAT manifestó su preocupación por la falta de investigación de cualquier
hecho relacionado con actos de tortura131. Indicó que raras veces se investigan y se enjuician las denuncias
de tortura o de malos tratos presentadas contra agentes de las fuerzas del orden132. Asimismo señaló que
algunos casos de tortura son considerados como "infracciones menores" que sólo generan sanciones
disciplinarias o administrativas133. Esta inquietud también ha sido compartida por el ex Relator Especial
Manfred Nowak al referirse a la falta de investigación, enjuiciamiento y sanción de los responsables de
actos de tortura134.
160.
Esta falta de investigación se acrecienta debido a que no existe ningún mecanismo de
quejas o de supervisión de los lugares de detención verdaderamente independiente135. Del mismo modo,
el CAT resaltó que en China no existe un mecanismo eficaz de investigación de las denuncias de tortura 136.
Adicionalmente, las personas privadas de libertad no tienen acceso al recurso de hábeas corpus u otro
recurso que permite alegar situaciones de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes137.
161.
Adicionalmente, el ex Relator Especial Manfred Nowak señaló que la mayoría de los
sospechosos por diversos delitos son interrogados sin abogado138, lo cual, a juicio del CAT, es una
salvaguardia legal fundamental para prevenir la tortura139. Incluso, en su informe de 2010 relacionado al
seguimiento de la visita a China, observó con preocupación que los abogados que llegan a asumir casos
130
ONU, Relator Especial sobre la cuestión de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Seguimiento de recomendaciones. China. A/HRC/13/39/Add.6, 26 de febrero de 2010, párr. 19, disponible en:
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disponible en: http://daccess-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G08/457/13/PDF/G0845713.pdf?OpenElement
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ONU, Comité contra la Tortura, Observaciones finales. China. CAT/C/CHN/CO/4, 12 de diciembre de 2008, párr. 31,
disponible en: http://daccess-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G08/457/13/PDF/G0845713.pdf?OpenElement
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ONU, Comité contra la Tortura, Observaciones finales. China. CAT/C/CHN/CO/4, 12 de diciembre de 2008, párr. 33,
disponible en: http://daccess-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G08/457/13/PDF/G0845713.pdf?OpenElement
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135
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138
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Informe sobre misión a China. E/CN.4/2006/6/Add.6, 10 de marzo 2006, párr. 55, disponible en: http://daccess-ddsny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G06/117/53/PDF/G0611753.pdf?OpenElement
139
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disponible en: http://daccess-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G08/457/13/PDF/G0845713.pdf?OpenElement