3 José María Cantos para garantizar el pago de la tasa de justicia y de los honorarios regulados” (punto resolutivo cuarto de la Sentencia de 28 de noviembre de 2002). Y RES[OLVIÓ]: 1. [r]equerir al Estado que adopte todas las medidas que sean necesarias para dar efecto y pronto acatamiento a los puntos pendientes de cumplimiento que fueron ordenados por el Tribunal en la Sentencia sobre fondo, reparaciones y costas de 28 de noviembre de 2002, de conformidad con lo estipulado en el artículo 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos[;] 2. [s]olicitar al Estado que presente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a más tardar el 6 de marzo de 2006, un informe en el cual indique todas las medidas adoptadas para cumplir las reparaciones ordenadas por esta Corte que se encuentran pendientes de cumplimiento, de conformidad con lo señalado en el Considerando décimo y en el punto declarativo segundo de la […] Resolución[;] 3. [s]olicitar a los representantes de la víctima y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que presenten observaciones al informe del Estado mencionado en el punto resolutivo anterior, en los plazos de cuatro y seis semanas, respectivamente, contados a partir de la recepción del informe[, y] 4. [c]ontinuar supervisando los puntos pendientes de cumplimiento de la Sentencia sobre fondo, reparaciones y costas de 28 de noviembre de 2002. […] 3. Las comunicaciones presentadas por el Ilustrado Estado de Argentina (en adelante “el Estado” o “Argentina”) el 6 de marzo de 2006 y el 14 de mayo de 2007, mediante las cuales informó que: a) el 25 de enero de 2006 el Poder Ejecutivo Nacional dictó el decreto No 99/06, mediante el cual ordenó, inter alia, a efectos de dar cumplimiento a la Sentencia de fondo emitida por la Corte el 28 de noviembre de 2002 en el presente caso, i) [i]nstr[uir] a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS [… que] se abstenga de ejecutar la tasa y la multa por falta de pago oportuno de la misma[;] ii) [c]onv[ocar] a las partes interesadas a efectos de establecer las bases para la ejecución de la sentencia [de la Corte Interamericana] en lo relativo al pago de los honorarios regulados en el caso C-1099 de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN en las condiciones indicadas en la Sentencia de dicho Tribunal[;] iii) [i]nstr[uir] a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS […] para que en la oportunidad procesal pertinente proceda a dar cumplimiento al requerimiento impuesto en el punto 4 del párrafo 77 de la Sentencia de [la Corte Interamericana, y]

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