12
la integridad del mecanismo previsto en el artículo 62.1 de la Convención. Sería
inadmisible subordinar tal mecanismo a restricciones que hagan inoperante la
función jurisdiccional de la Corte y, por lo tanto, el sistema tutelar de los derechos
humanos consagrado en la Convención 15. La Corte tiene la competencia, que le es
inherente y que atiende a un imperativo de seguridad jurídica, de determinar el
alcance de su propia jurisdicción.
20.
En razón de que ya fueron resueltos definitivamente por la Corte, en el
momento procesal oportuno 16 (infra párr. 40), los alegatos presentados por Trinidad
y Tobago en los Casos Hilaire, Constantine y otros y Benjamin y otros en cuanto a la
competencia de ese Tribunal para conocer de cada uno de dichos casos, y de que los
hechos objeto de las demandas que componen este caso son anteriores a la fecha en
que la denuncia del Estado pasó a generar efectos (supra párr. 13), y teniendo en
cuenta las consideraciones expuestas en los párrafos anteriores, la Corte reafirma
que es plenamente competente, en los términos de los artículos 62.3 y 78.2 de la
Convención, para conocer el presente Caso y dictar sentencia.
III
PROCEDIMIENTO ANTE LA COMISIÓN
21.
Entre julio de 1997 y mayo de 1999 la Comisión recibió de varias firmas
británicas de abogados, las 31 denuncias que conforman el presente Caso (supra
párr. 2). La Comisión inició el conocimiento de los hechos materia de las peticiones
en diversas fechas comprendidas entre agosto de 1997 y junio de 1999, tras lo cual
abrió los casos y remitió al Estado las partes pertinentes para que presentara sus
observaciones.
22.
Entre diciembre de 1997 y septiembre de 1999 la Comisión recibió las
respuestas del Estado en relación con algunos de los casos 17. Las respuestas
recibidas y sus réplicas y dúplicas fueron debidamente transmitidas a las partes
correspondientes.
23.
El 21 de abril de 1999 la Comisión aprobó el Informe sobre el fondo No.
66/99 en el Caso Hilaire, el cual transmitió al Estado el 26 de abril del mismo año. El
18 de mayo de 1999 el Estado envió la respuesta a dicho informe a la Comisión y
15
Cfr. Corte I.D.H., Caso Hilaire. Excepciones Preliminares, supra nota 11, párrs. 82 y 84; Corte
I.D.H., Caso Benjamin y otros. Excepciones Preliminares, supra nota 11, párrs. 73 y 75 y Corte I.D.H.,
Caso Constantine y otros. Excepciones Preliminares, supra nota 11, párrs. 73 y 75.
16
Cfr. Corte I.D.H., Caso Hilaire. Excepciones Preliminares, supra nota 11; Corte I.D.H., Caso
Benjamin y otros. Excepciones Preliminares, supra nota 11 y Corte I.D.H., Caso Constantine y otros.
Excepciones Preliminares, supra nota 11.
17
Los casos en los que el Estado presentó alguna contestación son los siguientes: 11.816 (Haniff
Hilaire), 11.787 (George Constantine), 11.814 (Wenceslaus James), 11.840 (Denny Baptiste), 11.851
(Clarence Charles), 11.853 (Keiron Thomas), 11.855 (Anthony Garcia), 12.005 (Wilson Prince), 12.042
(Mervyn Edmund), 12.052 (Martin Reid), 12.072 (Rodney Davis), 12.073 (Gangadeen Tahaloo), 12.075
(Noel Seepersad), 12.082 (Alfred Frederick), 12.093 (Natasha De Leon), 12.111 (Vijay Mungroo), 12.112
(Phillip Chotalal), 12.129 (Naresh Boodram y Joey Ramiah), 12.137 (Nigel Mark), 12.140 (Wilberforce
Bernard), 12.149 (Krishendath Seepersad) y 12.151 (Allan Phillip). Los casos en los que el Estado no
presentó contestación alguna son: 12.021 (Darrin Roger Thomas), 12.043 (Samuel Winchester), 12.076
(Wayne Matthews), 12.141 (Steve Mungroo), 12.148 (Peter Benjamin), 12.152 (Narine Sooklal), 12.153
(Amir Mowlah), 12.156 (Mervyn Parris) y 12.157 (Francis Mansingh).