82
conservar viva la memoria de las víctimas161.
e)
Otras formas de reparación a favor de Nora Emely Gómez Peralta
237. Por otro lado, como medida de satisfacción, el Estado deberá establecer una
beca de estudios hasta el nivel universitario, a favor de Nora Emely Gómez Peralta,
la cual incluirá, además, materiales educativos, textos de estudio, uniformes y útiles
escolares.
238. Asimismo, el Estado deberá facilitar la inscripción de Nora Emely Gómez
Peralta, a solicitud de su madre, Jacinta Peralta Allccarima, como hija de Rafael
Samuel Gómez Paquiyauri.
XVI
COSTAS Y GASTOS
Alegatos de la Comisión
239. La Comisión solicitó a la Corte que, escuchando a los familiares de las
víctimas, ordenara al Estado el pago de las costas originadas a nivel nacional en la
tramitación de los procesos judiciales seguidos en el fuero interno, así como las
originadas a nivel internacional en la tramitación del caso ante la Comisión y las que
se originen como consecuencia de la tramitación del caso ante la Corte.
Alegatos de la representante de las víctimas y sus familiares
240. La representante de las víctimas y sus familiares solicitó la determinación de
una suma por los gastos incurridos con ocasión de la búsqueda de justicia y denuncia
de los hechos por parte de los familiares de Rafael Samuel y Emilio Gómez
Paquiyauri. Asimismo, solicitó la cantidad de US$ 367.658,70 (trescientos sesenta y
siete mil seiscientos cincuenta y ocho dólares de los Estados Unidos de América con
setenta centavos), por concepto de costas y gastos efectuados a nivel internacional,
la cual incluye: los gastos concernientes al período de febrero de 2002 al 8 de enero
de 2003; gastos incurridos por trámites en Lima, Perú, durante el año 2002; gastos
relativos a la preparación de la audiencia y representaciones durante 2003 y 2004; y
los gastos de la audiencia pública.
Alegatos del Estado
241. En relación con las pretensiones sobre reparaciones esgrimidas por la
Comisión, el Estado manifestó, de manera general, que “asume responsabilidad por
el delito cometido por sus agentes policiales, y que por tanto, solidariamente
concurre a reparar los perjuicios que se han cometido”.
Consideraciones de la Corte
242.
Como ya lo ha señalado la Corte en oportunidades anteriores162, las costas y
161
Cfr. Caso Myrna Mack Chang, supra nota 5, párr. 286; Caso Trujillo Oroza. Reparaciones, supra
nota 116, párr. 122; y Caso de los “Niños de la Calle” (Villagrán Morales y otros). Reparaciones, supra
nota 116, párr. 103.