82 conservar viva la memoria de las víctimas161. e) Otras formas de reparación a favor de Nora Emely Gómez Peralta 237. Por otro lado, como medida de satisfacción, el Estado deberá establecer una beca de estudios hasta el nivel universitario, a favor de Nora Emely Gómez Peralta, la cual incluirá, además, materiales educativos, textos de estudio, uniformes y útiles escolares. 238. Asimismo, el Estado deberá facilitar la inscripción de Nora Emely Gómez Peralta, a solicitud de su madre, Jacinta Peralta Allccarima, como hija de Rafael Samuel Gómez Paquiyauri. XVI COSTAS Y GASTOS Alegatos de la Comisión 239. La Comisión solicitó a la Corte que, escuchando a los familiares de las víctimas, ordenara al Estado el pago de las costas originadas a nivel nacional en la tramitación de los procesos judiciales seguidos en el fuero interno, así como las originadas a nivel internacional en la tramitación del caso ante la Comisión y las que se originen como consecuencia de la tramitación del caso ante la Corte. Alegatos de la representante de las víctimas y sus familiares 240. La representante de las víctimas y sus familiares solicitó la determinación de una suma por los gastos incurridos con ocasión de la búsqueda de justicia y denuncia de los hechos por parte de los familiares de Rafael Samuel y Emilio Gómez Paquiyauri. Asimismo, solicitó la cantidad de US$ 367.658,70 (trescientos sesenta y siete mil seiscientos cincuenta y ocho dólares de los Estados Unidos de América con setenta centavos), por concepto de costas y gastos efectuados a nivel internacional, la cual incluye: los gastos concernientes al período de febrero de 2002 al 8 de enero de 2003; gastos incurridos por trámites en Lima, Perú, durante el año 2002; gastos relativos a la preparación de la audiencia y representaciones durante 2003 y 2004; y los gastos de la audiencia pública. Alegatos del Estado 241. En relación con las pretensiones sobre reparaciones esgrimidas por la Comisión, el Estado manifestó, de manera general, que “asume responsabilidad por el delito cometido por sus agentes policiales, y que por tanto, solidariamente concurre a reparar los perjuicios que se han cometido”. Consideraciones de la Corte 242. Como ya lo ha señalado la Corte en oportunidades anteriores162, las costas y 161 Cfr. Caso Myrna Mack Chang, supra nota 5, párr. 286; Caso Trujillo Oroza. Reparaciones, supra nota 116, párr. 122; y Caso de los “Niños de la Calle” (Villagrán Morales y otros). Reparaciones, supra nota 116, párr. 103.

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