47 tiempo posible y, una vez emitido el dictamen, él resolvería la causa dentro del término que la Ley determina92. 90.36. El 10 de marzo de 1997 la Comisión Nacional de Quejas y Reclamos de la Corte Suprema de Justicia resolvió la queja presentada por el señor Tibi en contra del Juez Primero de lo Penal del Guayas, señor Ángel Rubio Game. Dicha Comisión recomendó que el mencionado Juez y el Fiscal debían ser “amonestados severamente” y que después de la lectura del expediente penal en contra del señor Tibi “forzosamente se debe concluir que [éste] es inocente”93. 90.37. El 17 de marzo de 1997 el agente Fiscal Carlos Julio Guevara Alarcón remitió su dictamen al Juez Primero de lo Penal del Guayas, señor Ángel Rubio Game, en el que señaló que “si bien es cierto en los autos aparece presumiblemente [la] participación [del señor Daniel Tibi] en un acto ilegítimo de entrega de sustancia[s] estupefaciente[s] sujeta a fiscalización, éste ilícito, no ha sido probado conforme a derecho, más aún pertenecería a otro cuaderno procesal y no al aquí pesquisado”94. 90.38. El Ministro Fiscal Distrital del Guayas, señor John Birkett Mortola, solicitó que se amonestara al Juez Primero de lo Penal del Guayas, señor Ángel Rubio Game, debido a las graves irregularidades cometidas en la causa penal del señor Tibi95. 90.39. El 14 de abril de 1997 el Juez Primero de lo Penal del Guayas, señor Ángel Rubio Game, fue subrogado por la Jueza Decimocuarta de lo Penal del Guayas96. 92 Cfr. oficio dirigido por el Juez Primero de lo Penal del Guayas al Ministro de la Corte Suprema de Justicia, Presidente de la Comisión Nacional de Quejas y Reclamos el 7 de noviembre de 1996 (expediente de anexos a la demanda, tomo I, anexo 3, folio 147). 93 Cfr. oficio dirigido al Presidente de la Corte Suprema de Justicia por la Comisión Nacional de Quejas y Reclamos de 10 de marzo de 1997 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 13, folio 703 a 704). 94 Cfr. dictamen dirigido por el Fiscal Primero de lo Penal del Guayas al Juez Primero de lo Penal del Guayas el 17 de marzo de 1997 (expediente de anexos a la demanda, tomo I, anexo 2, folio 105; y expediente de anexos al escrito de excepciones preliminares, contestación de la demanda y observaciones a las solicitudes y argumentos, folios 1396). 95 Cfr. dictamen emitido por el Ministro Fiscal Distrital del Guayas (expediente de anexos a la demanda, tomo I, anexo 2, folio 116; expediente de anexos al escrito de excepciones preliminares, contestación de la demanda y observaciones a las solicitudes y argumentos, 1228 al 1233). 96 Cfr. resolución emitida por el Juez Décimo Tercero de lo Penal del Guayas el 14 de abril de 1997 (expediente de anexos al escrito de excepciones preliminares, contestación de la demanda y observaciones a las solicitudes y argumentos, folios 1361 a 1364).

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