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rechazo, aislamiento, cólera y confusión. El hecho de que los hijos no estén
dispuestos a visitar a su padre pesa muy adversamente sobre la salud mental,
no sólo del señor Ramírez sino también de la familia, dándose un efecto
perturbador y desmoralizante. Actualmente se dan situaciones de confusión y
ambivalencia hacia la figura del padre, lo que impacta negativamente en la
salud mental de la familia.
Por otro lado, el señor Kepfer Rodríguez se refirió a las condiciones de
detención que ha experimentado el señor Fermín Ramírez. El perito hizo notar
que el sujeto ha venido insistiendo en que lo más opresivo para él es la
inactividad forzada y la carencia de recursos y materiales con los que pudiera
hacer alguna artesanía, que no le son proporcionados por el centro penitenciario
ni aportados por su familia.
Finalmente, el perito manifestó que el señor Fermín Ramírez debe recibir
psicoterapia de duración breve pero consistente y, para su recuperación
psicosocial, es fundamental que se le traslade a otro centro de detención. En
cuanto a la familia del señor Ramírez, el perito consideró que debe recibir apoyo
psicosocial inmediato y consistente, para impedir que se extienda la
perturbación emocional familiar. Pese a que la señora Sis “no quiere saber
nada” del señor Ramírez y menos ser sujeto de publicidad, también debe recibir
apoyo psicosocial “para obtener de ella cierto apoyo e imparcialidad en cuanto
a que los hijos tengan contactos con el padre”.
e)
Peritaje del señor Alberto Martín Binder, especialista en Derecho
Penal
El perito se refirió al procedimiento penal guatemalteco, en particular a los
cambios de los hechos imputables y de su calificación jurídica. Asimismo,
analizó el principio de congruencia y, por otro lado, se refirió a la peligrosidad, al
señalar que ésta constituye un juicio sobre el futuro y, por lo tanto, escapa a la
lógica del proceso de conocimiento que reclama en todo caso prueba de los
elementos sobre los que recaerá una decisión.
El señor Binder manifestó que en un proceso donde puede aplicarse la pena de
muerte es obligación del Estado extremar las condiciones de exigibilidad de la
verdad sobre los hechos que fundan esa pena.
Además, realizó un análisis del caso concreto del señor Fermín Ramírez en el
que destacó las irregularidades en que, a su juicio, habían incurrido las
autoridades judiciales.
f)
Peritaje del señor Eduardo Montealegre Lynett, especialista en
Derecho Penal
El perito se refirió al derecho de defensa y a otras garantías judiciales en el
proceso penal, en particular en los procesos por delitos cuya sanción aplicable
es la pena de muerte. Asimismo, se refirió al principio de congruencia, el cual
exige establecer bajo qué presupuestos se mantiene la identidad entre la
acusación y la sentencia.
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