49 Ocampo y Carlos Alberto Yepes Londoño por los siguientes hechos: por el delito de homicidio en perjuicio de los señores Juan Montero y José Ferney Fernández y por el delito de secuestro extorsivo respecto de los 19 comerciantes, con base en que, tanto “el Acusador como el Juez de Instancia, olvidaron un aspecto elemental para la configuración del Secuestro Extorsivo de acuerdo con la norma que lo sancionaba en la época[…], cual es que, además de la privación del derecho de locomoción, necesariamente debe exteriorizarse una exigencia a cambio de la libertad del sujeto pasivo”. En consecuencia, los absolvió de tales cargos y del pago de las indemnizaciones por perjuicios morales y materiales a favor de los sucesores de los señores Juan Montero y Ferney Fernández. Asimismo, el tribunal Nacional modificó la condena emitida contra Carlos Alberto Yepes Londoño y lo condenó como cómplice del delito de homicidio agravado a la pena principal de 20 años de prisión. Por último, el tribunal confirmó la condena impuesta a Nelson Lesmes Leguizamón y a Marceliano Panesso Ocampo como coautores materiales del delito de homicidio agravado en perjuicio de las otras 17 presuntas víctimas62. 88.i) En noviembre y diciembre de 1998 los defensores de Nelson Lesmes Leguizamón y Carlos Alberto Yepes Londoño interpusieron un recurso de casación contra la sentencia emitida por el Tribunal Nacional el 14 de abril de 1998 (supra párr. 88.h). El 12 de marzo de 2001 la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró la extinción de la acción penal por la muerte del procesado Nelson Lesmes Leguizamón ocurrida el 26 de septiembre de 2000 y, en consecuencia, dispuso la cesación del procedimiento respecto de dicho imputado63. 88.j) El 25 de abril de 2002 la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia emitió una sentencia, en la cual resolvió el recurso de casación interpuesto contra la sentencia emitida por el Tribunal Nacional el 14 de abril de 1998 (supra párr. 88.h y 88.i). La referida Sala decidió “no casar la sentencia impugnada”64. 88.k) El 7 de octubre de 1999 el Juzgado Único Penal del Circuito Especializado de San Gil emitió sentencia anticipada respecto de Alonso de Jesús Baquero Agudelo por el delito de secuestro extorsivo de los 19 comerciantes, imponiéndole las penas de 10 años de prisión y de interdicción de derechos y funciones públicas por un período de 10 años65. 62 Cfr. sentencia emitida por el Tribunal Nacional el 14 de abril de 1998 (expediente de prueba presentada por el Estado el 18 de abril de 2002, la cual fue solicitada siguiendo instrucciones del Presidente de la Corte párrafo 68 de la demanda-, tomo II, anexo 5, folios 1290 a 1291); y certificación emitida el 22 de mayo de 2004 por el Juez 2º Penal del Circuito Especializado de Bucaramanga (prueba para mejor resolver sobre el fondo presentada por el Estado el 26 de mayo de 2004, la cual fue solicitada por la Corte mediante Resolución de 22 de abril de 2004, tomo II, folios 3587 y 3588). 63 Cfr. copia del expediente ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia con motivo del recurso de casación interpuesto por Nelson Lesmes Leguizamón y Carlos Alberto Yepes Londoño en la causa contra Carlos Alberto Yepes Londoño, Nelson Lesmes Leguizamón, Wilson de Jesús Pérez Durán y Marcelino Panesso Ocampo por los delitos “[…] secuestro extorsivo, homicidio agravado en concurso homogéneo” (prueba para mejor resolver presentada por el Estado el 26 de mayo de 2004, la cual fue solicitada siguiendo instrucciones del Presidente de la Corte -párrafo 68 de la demanda-). 64 Cfr. certificación emitida por el Juez Segundo Penal del Circuito Especializado de Bucaramanga el 22 de mayo de 2004 (prueba para mejor resolver presentada por el Estado el 26 de mayo de 2004, la cual fue solicitada por la Corte mediante Resolución de 22 de abril de 2004, tomo II, folios 3587 y 3588). 65 Cfr. certificación emitida por el Secretario de los Juzgados Penales del Circuito Especializado de Bucaramanga el 12 de mayo de 2004 (prueba para mejor resolver presentada por el Estado el 26 de mayo de 2004, la cual fue solicitada por la Corte mediante Resolución de 22 de abril de 2004, folios 3585); y sentencia emitida por el Juzgado Penal del Circuito Especializado de San Gil el 7 octubre de 1999 (copia del expediente ante el Juzgado Penal del Circuito Especializado de San Gil en la causa contra Alonso de Jesús Baquero Agudelo por el delito de secuestro extorsivo, radicado JE-052, “cuaderno No. Original provisional”, prueba para mejor resolver

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