51 Metropolitana, quienes estuvieron bajo prisión preventiva. En el caso de Crisanto Mederos, la Fiscalía solo ha individualizado a los imputados47; y 66.16. a la fecha de la presente Sentencia, en ninguna de las causas abiertas, las autoridades judiciales internas han adoptado una decisión definitiva en la que se identifique a los responsables y se establezcan las sanciones correspondientes a los hechos del presente caso48. Hechos relativos a cada víctima Víctimas de homicidio cuyos restos fueron entregados a sus familiares 66.17. Miguel Ángel Aguilera La Rosa i) nació el 26 de julio de 1965 y murió a los veintitrés años de edad, el 2 de marzo de 1989 por “hemorragia interna en tórax debido a herida por arma de fuego en tórax y cuello”. Su padre asumió los costos del entierro49; ii) trabajaba como comerciante independiente. Con los ingresos que recibía mantenía a sus hijos, a su esposa y ayudaba semanalmente a su madre50; y iii) su esposa era Lesbia Del Valle Núñez y sus hijos son Lesmi Laurieli, Emily Yannara y Miguel Ángel, todos Aguilera Del Valle. Su hijo Miguel Ángel nació después de su muerte. Sus padres son Miguelina La Rosa y Roque Jacinto Aguilera51. 47 Cfr. informe del Estado sobre el estado actual de los procedimientos administrativos o judiciales iniciados para investigar los hechos del caso (expediente de prueba del caso del Caracazo, carpeta denominada “Prueba para mejor resolver presentada por el Estado de Venezuela (escrito de fecha 13 de agosto de 2002)” que se encuentra en la Secretaría de la Corte). Nota: a partir de la entrada en vigor de la nueva Constitución de la República Bolivariana de Venezuela el 30 de diciembre de 1999, la Corte Suprema de Justicia se denomina Tribunal Supremo de Justicia. 48 Cfr. Caso del Caracazo, supra nota 28, párr. 2, literal l; e informe del Estado sobre el estado actual de los procedimientos administrativos o judiciales iniciados para investigar los hechos del caso (expediente de prueba del caso del Caracazo, carpeta denominada “Prueba para mejor resolver presentada por el Estado de Venezuela (escrito de fecha 13 de agosto de 2002)”, que se encuentra en la Secretaría de la Corte). 49 Cfr. copia de la partida de nacimiento de Miguel Ángel Aguilera La Rosa de 7 de mayo de 2001 expedida por la Oficina Principal del Registro Público del Distrito Federal; partida de defunción de Miguel Ángel Aguilera La Rosa No. 350 de 6 de marzo de 1989 expedida por la Jefatura Civil de la Vega, Municipio Libertador del Distrito Federal; protocolo de autopsia No. 51.205 realizado por la División de Medicina Legal del Cuerpo Técnico de Policía Judicial; y declaración de Miguelina La Rosa rendida el 26 de marzo de 2002 ante Notaría Pública 29 del Municipio Libertad del Distrito Federal. 50 Cfr. declaración de Miguelina La Rosa rendida el 26 de marzo de 2002 ante Notaría Pública 29 del Municipio Libertad del Distrito Federal. 51 Cfr. copia de la partida de nacimiento de Miguel Ángel Aguilera La Rosa de 7 de mayo de 2001 expedida por la Oficina Principal del Registro Público del Distrito Federal; certificado de 17 de marzo de 1999 de la partida de nacimiento de Lesmi Laurieli Aguilera Del Valle expedido por el Prefecto del

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents