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las condiciones de detención o haciendo campañas pidiendo la libertad del señor Urbina
Lara64.
63.
El 3 de mayo de 2022 los familiares del señor Urbina Lara se presentaron al
Centro Penal de Waswalí y fueron amenazados con no volver a ver al señor Urbina si
seguían con “esa campaña”. El 4 de mayo, sus familiares se presentaron en el centro
penal “La Modelo”, para preguntar por el señor Urbina; allí les habrían confirmado que
el señor Urbina se encontraba en dicho centro penitenciario, pero negaron la visita y les
indicaron que podrían visitarlo el 20 de mayo. El 20 de mayo de 2022, los familiares se
presentaron en “La Modelo”. Allí, el señor Urbina les narró que fue víctima de torturas
en Waswalí, antes de ser trasladado. Sus familiares pudieron apreciar las cicatrices en
sus manos y tobillos donde estaban los grilletes. El señor Urbina narró que fue golpeado
salvajemente hasta que perdió el conocimiento; después lo habrían cargado y trasladado
en una camioneta al centro penitenciario “La Modelo”, donde habría recibido atención
médica por los golpes y heridas que presentaba. Le habrían informado que tiene dos
discos de la columna dislocados, producto de las patadas recibidas. La Comisión informó
que, de acuerdo con los familiares, las amenazas recibidas por los funcionarios del centro
penitenciario hacen que sea difícil visitar al señor Urbina y darle seguimiento a su causa
de una forma libre y segura65.
xviii.
Benjamín Ernesto Gutiérrez Collado
64.
El señor Gutiérrez Collado es beneficiario de medidas cautelares desde el 31 de
diciembre de 202166 y se encuentra en el centro penitenciario “La Modelo”. El señor
Gutiérrez se encontraría en una celda pequeña con cuatro personas más. Tienen que
cocinar en el piso, la comida la mantendrían en el suelo en el mismo lugar donde tienen
que defecar, bañarse, lavar los trastes y lavar la ropa. El señor Gutiérrez no tendría
contacto con los demás reclusos, salvo con quienes comparte celda.
65.
La Comisión informó que el señor Gutiérrez dormiría en el piso sobre una frazada,
ya que no hay suficientes camarotes. Además, se encuentra pálido, con la piel reseca,
las uñas frágiles que se quiebran con facilidad. También informó que, de acuerdo con
sus familiares, habría sufrido una significativa pérdida de peso, padecimientos originados
por las condiciones carcelarias, problemas de presión, secuelas físicas derivadas de la
golpiza que recibió al momento de su detención y fracturas. A pesar de lo anterior, no
estaría recibiendo atención médica. Adicionalmente, la Comisión informó que tendría
problemas de hipertensión, dolor de espalda y dificultades para respirar, los cuales se
ven agravados por la falta de atención médica y por las condiciones de
encarcelamiento67.
Cfr. Informe de la Representación de la MC-610-21 NI. 17 de junio de 2022, anexo 3 al escrito de
solicitud de medidas provisionales de la Comisión de 7 de septiembre de 2022 (expediente de prueba, folios
176 – 182).
64
Cfr. Informe de la Representación de la MC-610-21 NI. 17 de junio de 2022, anexo 3 al escrito de
solicitud de medidas provisionales de la Comisión de 7 de septiembre de 2022 (expediente de prueba, folios
176 – 182).
65
CIDH. Resolución 113/2021. Medidas cautelares No. 610-21 y 949-21. José Manuel Urbina Lara y
Benjamín Ernesto Gutiérrez Collado respecto de Nicaragua. 31 de diciembre de 2021. Disponible en:
http://www.oas.org/es/cidh/decisiones/mc/2021/res_113- 21_mc_610-21_mc_949-21_ni_es.pdf
66
Cfr. Informe de la Representación de la MC-949-21 NI. 16 de junio de 2022, anexo 4 al escrito de
solicitud de medidas provisionales de la Comisión de 7 de septiembre de 2022 (expediente de prueba, folios
67