-5disposiciones convencionales y sus efectos propios (effet utile) en el plano de sus respectivos derechos internos. Este principio se aplica no sólo en relación con las normas sustantivas de los tratados de derechos humanos (es decir, las que contienen disposiciones sobre los derechos protegidos), sino también en relación con las normas procesales, tales como las que se refieren al cumplimiento de las decisiones de la Corte. Estas obligaciones deben ser interpretadas y aplicadas de manera que la garantía protegida sea verdaderamente práctica y eficaz, teniendo presente la naturaleza especial de los tratados de derechos humanos 17. 3. En la audiencia celebrada en febrero de 2014 fue comunicado a la Corte el lamentable fallecimiento en el 2013 de la víctima Arturo Salgado Garzón, quien fue uno de los tres funcionarios judiciales sobrevivientes de la masacre. 4. Seguidamente la Corte valorará la información presentada por las partes respecto de las once medidas de reparación 18 pendientes (supra Considerando 1.d), y determinará el grado de cumplimiento por parte del Estado. La Corte estructurará sus consideraciones en el siguiente orden: A. Ubicar una placa conmemorativa y la galería fotográfica de las víctimas en el Palacio de Justicia del Municipio de San Gil, y difundir el acto de ubicación de la placa y develación de la galería ......................... 5 B. Fijar una placa conmemorativa en el complejo judicial de Paloquemao en la ciudad de Bogotá.......... 7 C. Realizar una transmisión en el programa de televisión de la rama jurisdiccional sobre los hechos del caso, el reconocimiento parcial de responsabilidad y la Sentencia ........................................................... 7 D. Establecer un diplomado de capacitación en derechos humanos que incluya el estudio de este caso .. 9 E. Crear una beca en la especialización en derechos humanos que lleve un nombre que evoque la memoria de las víctimas .................................................................................................................... 9 F. “Obligación de medio” de continuar gestionando auxilios educativos (becas) para los familiares de las víctimas.......................................................................................................................................... 10 G. Continuar brindando oportunidades laborales a las víctimas y sus familiares en la Fiscalía General de la Nación ........................................................................................................................................ 12 H. Obligación de investigar los hechos, identificar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables .. 14 I. Protección de operadores de justicia, testigos, víctimas y familiares ............................................. 19 J. Pagar las indemnizaciones establecidas por concepto de daños materiales, daños inmateriales y reintegro de costas y gastos.............................................................................................................. 22 A. Ubicar una placa conmemorativa y la galería fotográfica de las víctimas en el Palacio de Justicia del Municipio de San Gil, y transmisión del acto de ubicación de la placa y develación de la galería A.1. Medida ordenada por la Corte y supervisión realizada en resolución anterior Convención Americana sobre Derechos Humanos), Opinión Consultiva OC-14/94 de 9 de diciembre de 1994, Serie A No. 14, párr. 35; Caso Castillo Petruzi y otros Vs. Perú, Supervisión de Cumplimiento de Sentencia, Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 17 de noviembre de 1999, Considerando cuarto; Caso Baena Ricardo y otros Vs. Panamá, Competencia, Sentencia de 28 de noviembre de 2003, Serie C No. 104, párrs. 60 y 131, y Caso García Lucero y otras Vs. Chile. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Considerando segundo. 17 Cfr. Caso Ivcher Bronstein Vs. Perú. Competencia. Sentencia de de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de septiembre de 1999. Serie C No. 54, párr. 37 y Casos de las Comunidades Indígenas Yakye Axa, Sawhoyamaxa y Xákmok Kásek Vs. Paraguay. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 junio de 2015, Considerando tercero. 18 La medida relativa a brindar tratamiento médico y psicológico (punto resolutivo undécimo de la Sentencia) está siendo supervisada conjuntamente con otros casos relativos a Colombia.

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