18 inclusión de los practicados en otros procesos (supra 43.b) por no tener los recursos para producir dicha prueba, y la misma solicitud fue rechazada por la Corte Suprema de Justicia45. Con respecto al dictamen sobre un presunto acuerdo transaccional h. Los días 1 y 2 de junio de 1989, 15 senadores de la Nación dirigieron notas al Procurador del Tesoro de la Nación para que se avocase y diese solución a la petición de arreglo extrajudicial interpuesta por el señor Cantos46. El 10 de septiembre de 1990 la Procuración del Tesoro Nacional autorizó el inicio del acuerdo transaccional entre el señor Cantos y el Ministerio del Interior47. En casos como el anterior, la ley de la materia48 establece que “en los autos mencionados deberán suspenderse todos los plazos judiciales”49. i. El 6 de junio de 1991 el señor Cantos presentó un escrito ante la Corte Suprema de Justicia aludiendo al proceso de acuerdo transaccional para lo cual adjuntó documentos correspondientes y solicitó que se guardaran en la caja fuerte y pidió copias certificadas de los mismos50. El mismo día la Corte Suprema corrió traslado por 5 días a los codemandados51. El 4 de julio de 1991 la Fiscalía del Estado de la Provincia contestó alegando la improcedencia procesal de la diligencia invocada por el señor Cantos por cuanto era extemporánea y carecía del trámite pertinente52. Al día siguiente, el Ministerio del Interior negó que hubiese existido dicho trámite y que hubiese sido suscrito por autoridad estatal53. j. El 15 de junio de 1992 la Procuración del Tesoro de la Nación ordenó al señor Director Nacional de Dictámenes y al Secretario de la Comisión Nacional de Transacciones de la Procuración que “inform[aran] sobre la existencia del dictamen emanado del organismo en el que se hubiera hecho mención o análisis de la acción judicial promovida por el señor José María Cantos contra el Estado Nacional o la Provincia de Santiago del Estero”54. Al día siguiente, el Subdirector General de Coordinación del Cuerpo de Abogados 45 Expediente Judicial C-1099 tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tomo VIII, f. 1452. 46 Cartas de Legisladores al Procurador del Tesoro de la Nación, apoyando el acuerdo extrajudicial que permitía la ley vigente para solucionar el conflicto pendiente de 1989, anexo 32 de la demanda. 47 Expediente Judicial C-1099 tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tomo III, fs. 487 a 504; y Dictamen del Procurador del Tesoro de la Nación de 12 de septiembre 1990, anexo 35 de la demanda. 48 Ley No. 23.696 y su decreto reglamentario No. 1105/89 (artículo 55, inciso g). 49 Expediente Judicial C-1099 tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tomo III, fs. 477 a 486. 50 Expediente Judicial C-1099 tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tomo II, f. 382 y ss. 51 Expediente Judicial C-1099 tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tomo II, f. 383 vuelto. 52 Expediente Judicial C-1099 tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tomo II, f. 392 y ss. 53 Expediente Judicial C-1099 tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tomo II, f. 394 y ss. 54 Expediente Judicial C-1099 tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tomo III, f. 440.

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