35
porque si lo hacía regresarían a su casa. Ese día ambos regresaron a la aldea Santo
Domingo41.
pág. 678; Declaración de Juan José Vijil Hernández. ante el Juzgado de Paz de Colomoncagua de 9 de
marzo de 1995 en expediente que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se denomina “Caso Juan
Sánchez. Fondo. Tomo II”, anexo 1 de la contestación de la demanda, págs. 680 a 681; Declaración de
Domitila Vijil Sánchez ante el Juzgado de Paz de Colomoncagua de 22 de febrero de 1995 en expediente
que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se denomina “Caso Juan Sánchez. Fondo. Tomo II”,
anexo 1 de la contestación de la demanda, págs. 681 a 682; Declaración de Pablo Vijil Argueta ante el
Juzgado de Paz de Colomoncagua 9 de marzo de 1995 en expediente que se encuentra en la Secretaría
de la Corte y se denomina “Caso Juan Sánchez. Fondo. Tomo II”, anexo 1 de la contestación de la
demanda, págs. 684 a 685; Declaración de Mario de Jesús Sánchez ante el Juzgado de Paz de
Colomoncagua de 9 de marzo de 1995 en expediente que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se
denomina “Caso Juan Sánchez. Fondo. Tomo II”, anexo 1 de la contestación de la demanda, pág. 685;
Auto de prisión contra Ángel Belisario Hernández del Juzgado Segundo de Letras del Departamento de
Intibucá de 13 de octubre de 1998 en expediente que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se
denomina “Caso Juan Sánchez. Fondo. Tomo II”, anexo 1 de la contestación de la demanda, pág. 717;
Nota periodística del Diario Tiempo, “ Un subteniente del Décimo Batallón de Infantería dio la orden de
capturar al joven que apareció muerto en Colomoncagua” de 1 de agosto de 1992 en expediente que se
encuentra en la Secretaría de la Corte y se denomina “Anexos correspondientes al escrito de
observaciones de los representantes de la presunta víctima y sus familiares ante la Corte
Interamericana de Derechos Humanos,” anexo 1, pág. 1; Ampliación de Declaración de María Dominga
Sánchez ante COFADEH de 10 de noviembre de 2001 en expediente que se encuentra en la Secretaría
de la Corte y se denomina; “Anexos correspondientes al escrito de observaciones de los representantes
de la presunta víctima y sus familiares ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, anexo 9,
págs. 26 a 37; Declaración indagatoria de Ángel Belisario Hernández González de 17 de enero de 2003
en expediente que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se denomina “Transcripción de audiencia
pública. Excepciones/Fondo/Reparaciones”, págs. 26 a 33; Certificación del Auto de Prisión contra el
señor Ángel Belisario Hernández González de 11 de febrero de 2003 en expediente que se encuentra en
la
Secretaría
de
la
Corte
y
se
denomina
“Transcripción
de
audiencia
pública.
Excepciones/Fondo/Reparaciones”, págs. 40 a 41; Declaración jurada de Celso Sánchez Domínguez
emitida el 28 de febrero de 2003, en expediente que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se
denomina “Transcripción de audiencia pública. Excepciones/Fondo/Reparaciones”, págs. 51 a 59; y
Comisionado Nacional de los Derechos Humanos “Los hechos hablan por sí mismos. Informe preliminar
sobre los desaparecidos en honduras 1980 1993”, Segunda Edición. Editorial Guaymuras, Tegucigalpa,
2002, en expediente que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se denomina “Transcripción de
audiencia pública. Excepciones/Fondo/Reparaciones”, pags. 296 a 297.
41
Declaración de María Dominga Sánchez rendido ante la Corte Interamericana el 3 de marzo de
2003; Declaración de Domitila Vijil Sánchez rendida ante la Corte Interamericana el 3 de marzo de
2003; Declaración del señor Juan José Vijil Hernández ante el COFADEH de 5 de agosto de 1992, en
expediente que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se denomina “Caso Juan Sánchez. Fondo.
Tomo I”, anexo 2 de la demanda, págs. 120 a 131; Carta del General Luis Alonso Discua Elvir al
Procurador General, Leonardo Matute Murillo de 3 de agosto de 1992, en expediente que se encuentra
en la Secretaría de la Corte y se denomina “Caso Juan Sánchez. Fondo. Tomo I”, anexo 5 de la
demanda, págs. 136 a 137; Declaración a la prensa de la señora María Dominga Sánchez, nota del
Diario La Tribuna “parientes de muchacho asesinado denuncian amenazas de militares” de 31 de julio
de 1992 en expediente que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se denomina “Caso Juan
Sánchez. Fondo. Tomo I”, anexo 6 de la demanda, pág. 138; Acta de diligencia de exhibición personal
levantada por el juez ejecutor Lic. Rigoberto Osorio Bautista nombrado por la Corte de Apelaciones de
Comayagua de 28 de julio de 1992 en expediente que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se
denomina “Caso Juan Sánchez. Fondo. Tomo I”, anexo 8 de la demanda, págs. 144 a 145; Declaración
del señor Juan José Vijil Hernández ante la Comisión Interinstitucional de Derechos Humanos de la
República de Honduras de 28 de julio de 1992 en expediente que se encuentra en la Secretaría de la
Corte y se denomina “Caso Juan Sánchez. Fondo. Tomo I”, anexo 9 de la demanda, págs. 146 a 147;
Auto del Juzgado Segundo de Letras de Intibucá 13 de octubre de 1998 en expediente que se encuentra
en la Secretaría de la Corte y se denomina “Caso Juan Sánchez. Fondo. Tomo I”, anexo 11 de la
demanda, págs. 150 a 151; Carta dirigida por COFADEH a la Comisión de Cumplimiento Constitucional
del Congreso Nacional el 3 de septiembre de 1992 en expediente que se encuentra en la Secretaría de
la Corte y se denomina “Caso Juan Sánchez. Fondo. Tomo I”, anexo 19 de la demanda, págs. 187-192;
Declaración de Pablo Vijil Argueta ante la Comisión Interinstitucional de Derechos Humanos de la
República de Honduras de 28 de julio de 1992 en expediente que se encuentra en la Secretaría de la
Corte y se denomina: “Caso Juan Sánchez. Fondo. Tomo I”, anexo 20 de la demanda, págs. 193 a 194;
Exhibición personal o recurso de hábeas corpus interpuesto ante la Corte de Apelaciones de Comayagua
de 20 de julio de 1992 en expediente que se encuentra en la Secretaría de la Corte y se denomina:
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