La querella solicitó la suspensión de la autopsia por “haberse dispuesto que intervengan en la misma peritos
de parte propuesto por quién no es parte”8. La autopsia se realizó el 25 de julio de 19929.
25. Dentro de la causa, el 24 de junio de 1993, los peritos forenses Carlos Fernando Leoncio Poggi y Florencio
Casavilla presentaron una pericia que posteriormente fue declarada nula. El 4 de octubre de 1993, la jueza
correccional presentó denuncia de oficio en su contra por falsedad de instrumento público. Dicha denuncia dio
origen a la causa radicada bajo el expediente No. 21.375/96, que se detallará más adelante.
26. Se solicitó a la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Buenos Aires la realización de una
pericia; sin embargo, la Facultad informó no poder acceder a lo solicitado 10. Se solicitó entonces al Cuerpo
Médico Forense la designación de otros médicos forenses con especialidad en tocoginecología y obstetricia11.
El 25 de abril de 1995 los doctores Schiavo, Papagni, Wikinski, Arlía y Castex, del Cuerpo Médico Forense,
realizaron un informe pericial12. La Comisión no cuenta con copia de dicho informe.
27. La parte peticionaria afirma que la jueza Ángela Mónica Braidito interrogó a uno de ellos, quien “a duras
penas” dijo que la paciente sí era de alto riesgo 13 . En su peritaje refirieron que las tomas de presión que
aparecen en la historia clínica muestran anormalidad y hacen referencia al síndrome gestusico mínimo que se
asimila a la preeclamsia leve y señalan la conveniencia de internar a la paciente14.
28. El 16 de diciembre de 1998, el Fiscal Nacional en lo Criminal de Instrucción No. 14, formuló acusación
formal por homicidio culposo contra la médica Patricia Carmen Anido y el médico Eduardo Mario Negri,
profesionales del Hospital Público Sardá, solicitando que se les impusieran penas de tres años de prisión de
ejecución condicional y nueve años de inhabilitación especial para ejercer la medicina. En su acusación se
refirió al carácter “intencionadamente ecléctico y contradictorio que presentan numerosos informes
médicos”15. Como base para su acusación sostuvo que:
[…] numerosos actos procesales invalidados, profusas diligencias probatorias con conclusiones encontradas y
hasta con causas criminales en trámite motivadas en aquellos, generándose “investigaciones de la investigación”,
las cuales, a la fecha, se encuentran en pleno trámite de dilucidación.
Todo esto, ha conllevado a realizar un ingente esfuerzo más allá de lo común, en la colecta de elementos, a los
efectos de arribar a una contundencia probatoria suficiente para poder progresar en éstas.
[…] por demás voluminosa causa, que ha conspirado contra los mismos tiempos procesales que regulan la misma,
e inclusive, condenándola al manto de la prescripción en el caso, respecto de determinados imputados.
[…] Debo destacar también las declaraciones testimoniales de HORACIO ANTONIO SCHIAVO a fs. 450/1 y de
HECTOR NICOLAS PAPAGNI a fs. 452, en la que señalaron coincidentemente que de las visitas realizadas por la
mujer el 6 de abril y el 5 de mayo debieron los profesionales tratantes haber adoptado otros recaudos con la
paciente, dado que en la primera se la debió internar y en la segunda disponer exámenes más exhaustivos.
[…] Asimismo, resulta de interés para la cuestión las respuestas de la Academia Nacional de Medicina[…]De tal
informe puede extractarse la clasificación aceptada de hipertensión durante el embarazo […] señalando que
conforme la Secretaría de Salud Pública de la Nación como primer lectura patológica la de 140/90 mm. hg. en
mujeres normotensas fuera del embarazo. Señalan asimismo los diversos grados de gravedad de los cuadros y la
necesidad del seguimiento ambulatorio o de internación conforme el cuadro de gravedad de la paciente,
Anexo 1. Según lo referido en pericia de 7 de mayo de 1997, firmada por los médicos Pérez de Pliego, Rodríguez Girault, Aldo Ludueña y
Jarazo Veira. Anexo a petición inicial.
9Anexo 1. Según lo referido en pericia de 7 de mayo de 1997, firmada por los médicos Pérez de Pliego, Rodríguez Girault, Aldo Ludueña y
Jarazo Veira. Anexo a petición inicial.
10 Anexo 1. Según lo referido en pericia de 7 de mayo de 1997, firmada por los médicos Pérez de Pliego, Rodríguez Girault, Aldo Ludueña y
Jarazo Veira. Anexo a petición inicial
11 Anexo 1. Según lo referido en pericia de 7 de mayo de 1997, firmada por los médicos Pérez de Pliego, Rodríguez Girault, Aldo Ludueña y
Jarazo Veira. Anexo a petición inicial
12 Anexo 1. Según lo referido en pericia de 7 de mayo de 1997, firmada por los médicos Pérez de Pliego, Rodríguez Girault, Aldo Ludueña y
Jarazo Veira. Anexo a petición inicial
13 Petición inicial.
14 Anexo 3. Según lo indicado por la querella en el recurso extraordinario de 23 de diciembre de 2003. Anexo a escrito de la parte
peticionaria de 30 de marzo de 2009.
15 Anexo 4. Acusación fiscal del 16 de diciembre de 1998. Anexo a petición inicial.
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