-25.
Las notas de la Secretaría de 19 de diciembre de 2014, mediante las cuales
comunicó a los representantes de las víctimas, a la República Bolivariana de
Venezuela (en adelante “Venezuela” o “el Estado”) y a la Comisión Interamericana
que dicha solicitud fue puesta en conocimiento del Presidente del Tribunal.
CONSIDERANDO QUE:
1.
El 24 de noviembre de 2011 la Corte emitió la Sentencia sobre fondo,
reparaciones y costas en el caso Familia Barrios vs. Venezuela, por lo que éste se
encuentra en etapa de supervisión de cumplimiento de sentencia.
2.
La Corte decidió convocar a las partes y a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos a una audiencia privada sobre supervisión de cumplimiento de la
Sentencia, la cual se llevará a cabo el 5 de febrero de 2015, en la sede del Tribunal.
Dicha audiencia se efectúa con el objeto de recibir de parte del Estado información
actualizada y detallada sobre el cumplimiento de las medidas de reparación
ordenadas en la Sentencia y escuchar las observaciones de los representantes de las
víctimas y el parecer de la Comisión Interamericana (supra Visto 3).
3.
El 19 de diciembre de 2014 los representantes de las víctimas presentaron
una solicitud de las víctimas para recibir apoyo del Fondo de Asistencia Legal de
Víctimas “para permitir la asistencia del Sr. Luis Aguilera a la audiencia privada de
supervisión de cumplimiento que ha sido convocada por esta Corte para el 5 de
febrero de 2015”. Respecto a los gastos para los cuales se solicitó asistencia,
especificaron que se trataría de “[u]n pasaje aéreo en nombre del Sr. Luis Aguilera,
representante de las víctimas, para trasladarse desde el Estado de Aragua,
Venezuela a San José, Costa Rica entre los días 4 y 6 de febrero de 2015” y “[u]n
estipendio destinado a cubrir los gastos de hospedaje, alimentación, tasas aéreas y
traslado del Sr. Aguilera en San José, Costa Rica, entre los días 4 y 6 de febrero de
2015”. Asimismo, sostuvieron que “es de suma importancia contar con la
participación del Sr. Luis Aguilera en la audiencia, quien es Secretario General de la
Comisión de Derechos Humanos de Justicia y Paz de Aragua y ha acompañado a las
víctimas y sus familiares desde el inicio del proceso y dado seguimiento periódico y
cercano en Venezuela a las investigaciones internas y las medidas de protección
adoptadas por el Estado”. Añadieron que “[e]n reconocimiento a su apoyo desde los
inicios del caso y al seguimiento diario que el Sr. Aguilera realiza en Venezuela a las
investigaciones, los procesos penales, las denuncias y las medidas de protección, es
de importancia para las víctimas y sus familiares que el Sr. Aguilera participe en la
audiencia, y ello no es posible sin la asistencia del Fondo”. Adicionalmente, los
representantes de las víctimas señalaron que “no se encuentra dentro de las
posibilidades económicas de las víctimas y sus familiares o de esta representación
cubrir los gastos asociados al viaje del Sr. Aguilera”.
4.
En el 2008 la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos
(en adelante la “OEA”) creó el Fondo de Asistencia Legal del Sistema Interamericano
de Derechos Humanos (en adelante “Fondo de Asistencia del Sistema
Interamericano”), con el “objeto [de] facilitar [el] acceso al sistema interamericano
de derechos humanos a aquellas personas que actualmente no tienen los recursos