-518.
En consecuencia, el Presidente dispone que la asistencia económica del Fondo de
Asistencia estará asignada para cubrir los gastos de viaje y estadía necesarios para que
los representantes María Noguera (la cual también declarará como presunta víctima), y
Emilio Andrés Vázquez comparezcan ante el Tribunal a realizar la defensa en la audiencia
pública que se celebrará en el presente caso y para los gastos razonables de
formalización y envío de la declaración por affidavit de Aldo David Alcaraz Noguera la
cual fue ofrecida por los representantes (infra punto resolutivo 2).
19.
La Corte realizará las gestiones pertinentes y necesarias para cubrir los costos de
traslado, alojamiento y manutención de las personas comparecientes con recursos
provenientes del Fondo de Asistencia. Según lo requerido por el artículo 4 del
Reglamento de la Corte sobre el Funcionamiento del Fondo de Asistencia, se dispone que
la Secretaría abra un expediente de gastos a los fines de llevar la contabilidad y en el
cual se documentará cada una de las erogaciones que se realicen en relación con el
referido Fondo. Finalmente, la Presidencia recuerda que, según el artículo 5 del
Reglamento del Fondo, se informará oportunamente al Estado las erogaciones realizadas
en aplicación del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas, para que presente sus
observaciones, si así lo desea, dentro del plazo que se establezca al efecto.
POR TANTO:
EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
de conformidad con los artículos 24.1 y 25.2 del Estatuto de la Corte y con los artículos
4, 15.1, 26.1, 31.2, 35.1, 40.2, 41.1, 45, 46 a 48, 50 a 58 y 60 del Reglamento,
RESUELVE:
1.
Convocar a la República de Paraguay, a los representantes de las presuntas
víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a una audiencia pública
sobre excepción preliminar, fondo, y eventuales reparaciones y costas que se celebrará
durante el 62° Período Extraordinario de Sesiones, que se llevará a cabo en la ciudad de
Barranquilla, Colombia, el día 28 de agosto de 2019, a partir de las 09:00, para recibir
sus alegatos y observaciones finales orales, así como las declaraciones de las siguientes
personas.
A) Presunta Víctima (Propuesta por los representantes)
María Noguera, madre de la presunta víctima, se referirá a su experiencia en el
proceso de reconocimiento y entrega del cuerpo de Vicente Ariel Noguera y al
proceso relacionado con su muerte. Asimismo, se referirá a las alegadas
consecuencias de dicha búsqueda de justicia que incluso habría llegado a poner
en riesgo su vida y a ser víctima de amenazas.
B) Perito (propuesto por la Comisión)
Miguel Cillero Bruñol, quién declarará sobre las obligaciones internacionales de
los Estados respecto de adolescentes que se encuentran prestando el servicio
militar. Asimismo se referirá a las implicaciones de la posición especial de garante
del Estado en supuestos de aplicación de castigos físicos en el marco de la
disciplina militar y a las obligaciones internacionales del Estado en materia de
investigación frente a la muerte de un adolescente bajo su custodia y sus
implicaciones en cuanto a la atribución de responsabilidad al Estado.