del artículo 48.1 del Reglamento de la Corte 15. Las recusaciones tuvieron como base fáctica
el hecho de que ambas peritas “comparten el mismo círculo de trabajo” de la presunta víctima,
lo cual podría afectar la imparcialidad de los peritajes, según el Estado. Además, puntualizó
que el objeto del dictamen pericial de Dubravka Šimonović es “genéric[o]” y versa sobre
asuntos ya analizados por el Tribunal, e hizo notar que el análisis sobre la violación de un
derecho humano es competencia exclusiva de la Corte. En sentido similar, indicó que el
peritaje de Claudia García-Moreno resultaría “genéric[o] e irrelevante”, siendo que no
aportaría elementos concretos sobre las cuestiones de litigio del presente caso.
15.
La Presidencia observa que, por medio de la Nota de Secretaría de 11 de noviembre
de 2021, se trasladó a las peritas recusadas las partes pertinentes del escrito de
observaciones del Estado que contenía dichas recusaciones, otorgándoles plazo hasta el 25
de noviembre de 2021 para presentar observaciones y mencionándoles expresamente que el
referido plazo era improrrogable. En la Nota de Secretaría de 2 de diciembre de 2021 se dejó
constancia de que las señoras Dubravka Šimonović y Claudia García-Moreno no habían
presentado observaciones. El 3 de diciembre de 2021, la señora Claudia García-Moreno
presentó sus observaciones, alegando que acababa de regresar de un viaje de trabajo a la
República Democrática del Congo, “con muy poco acceso al internet”. A su vez, la señora
Dubravka Šimonović presentó observaciones el 8 de diciembre de 2021, señalando que no
había recibido comunicación alguna por parte de la Corte, sino que tuvo noticia de la
recusación en su contra por medio de una comunicación de los representantes.
16.
Teniendo en cuenta lo anterior, esta Presidencia verifica que las observaciones de
ambas peritas respecto de las recusaciones presentadas en su contra fueron enviadas a la
Corte después de vencido el plazo establecido, en los términos del artículo 48.3 del
Reglamento del Tribunal. En cuanto a la señora Šimonović, se constata que la Nota de la
Secretaría de la Corte en la cual se le otorgó el plazo para presentar sus observaciones sobre
la recusación de referencia fue enviada al correo electrónico proporcionado por los
representantes y que no consta que no haya sido recibida. Asimismo, las razones expuestas
por la señora García-Moreno para justificar la presentación tardía de sus observaciones no
constituyen un motivo de fuerza mayor a juicio de este Tribunal. Por lo tanto, se inadmite
dichos escritos por extemporáneos.
17.
Ahora bien, del análisis de las recusaciones presentadas por el Estado, se nota que su
fundamento principal es el hecho que las señoras Dubravka Šimonović y Claudia GarcíaMoreno y la presunta víctima compartirían el mismo “mismo círculo de trabajo”, toda vez que
forman parte del Consejo de Liderazgo16 del Instituto Global de la Mujer (GWI, por sus siglas
en inglés).
18.
Esta Presidencia recuerda que el artículo 48.1.c del Reglamento de la Corte exige
demostrar un vínculo determinado del perito o la perita con la parte proponente y que,
adicionalmente, esa relación, a criterio del Tribunal, afecte su imparcialidad. Además, es
pertinente reiterar que el hecho de que una perita/perito haya ocupado u ocupe un
determinado cargo, no constituye per se una causal de impedimento, sino que corresponde
Dicho apartado dispone que los peritos podrán ser recusados por “c. tener o haber tenido vínculos estrechos
o relación de subordinación funcional con la parte que lo propone y que a juicio de la Corte pudiera afectar su
imparcialidad”.
16
Según el sitio web del Instituto Global de la Mujer, dicha organización es “una institución de clase mundial”
ubicada en Washington D.C., en Estados Unidos de América. Su Consejo de Liderazgo “está formado por destacados
expertos en temas de género de todo el país y del mundo. Su pasión por los derechos de las mujeres y las niñas,
junto con una experiencia diversa, brindan a GWI orientación y liderazgo para lograr un cambio positivo de manera
efectiva”. Disponible en: https://globalwomensinstitute.gwu.edu/our-leadership-council. Accedido el 14 de febrero
de 2022.
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