RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DEL 2 DE FEBRERO DE 1996 MEDIDAS PROVISIONALES SOLICITADAS POR LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS RESPECTO DE NICARAGUA CASO ALEMÁN LACAYO La Corte Interamericana de Derechos Humanos, integrada por los siguientes jueces: Héctor Fix-Zamudio, Presidente Hernán Salgado Pesantes, Vicepresidente Alejandro Montiel Argüello, Juez Máximo Pacheco Gómez, Juez Oliver Jackman, Juez Alirio Abreu Burelli, Juez Antônio A. Cançado Trindade, Juez; presentes, además, Manuel E. Ventura Robles, Secretario y Ana María Reina, Secretaria adjunta VISTO: 1. La comunicación de 2 de febrero de 1996 y sus anexos, mediante la cual la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión” o “la Comisión Interamericana”) somete a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte” o “la Corte Interamericana”), en virtud del artículo 63.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención” o “la Convención Americana”) y 24 del Reglamento de la Corte (en adelante “el Reglamento”), una solicitud de medidas provisionales en favor del señor Arnoldo Alemán Lacayo, relativa al caso Nº 11.281 en trámite ante la Comisión contra el Gobierno de la República de Nicaragua (en adelante “el Gobierno” o “Nicaragua”). 2. La citada comunicación de la Comisión en la cual se solicitó a la Corte la adopción de las siguientes medidas: 1. Solicitar al Gobierno de Nicaragua que adopte medidas de seguridad eficaces para proteger la vida e integridad personal del Dr. Arnoldo Alemán Lacayo. Al respecto, se recomienda que se dé a los familiares del Dr. Alemán el nombre y teléfono de una persona en posición de autoridad en el Gobierno que se responsabilice de ofrecerles protección en caso que resulte necesario. 2. Solicitar al Gobierno de Nicaragua que como parte de las medidas de seguridad le otorgue al Dr. Arnoldo Alemán un automóvil blindado, a fin de que pueda desplazarse por todo el territorio nacional sin temor de ser perseguido o atacado por los grupos armados irregulares.

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