9 i. valoran positivamente la iniciativa del Estado de convocar a reuniones entre las ONGs y los funcionarios; sin embargo, es evidente que el Estado no ha cumplido con esta medida ya que varias acciones emprendidas se han llevado a cabo sin la participación y el conocimiento de los representantes de los beneficiarios, y ii. algunas declaraciones del Estado generan nuevos actos intimidatorios por provenir de sus altos funcionarios y representan un incumplimiento de las propias medidas provisionales, en cuanto éstas requieren al Estado que garantice la participación de los representantes de los beneficiarios de las medidas tanto en la planificación como en la implementación de las mismas. d) en cuanto a la remisión de una lista actualizada de todas las personas que se encuentran recluidas en la cárcel, indicando las características de su detención: i. en la lista entregada por el Estado no aparecen registrados, en relación con cada uno de los internos, los retardos procesales ni los diferimentos. Esta información es relevante para poder determinar quiénes de los internos tienen el derecho a medidas sustitutivas de privación de libertad y quiénes han cumplido ya su condena y se encuentran, sin embargo, privados aún de la libertad, así como para la adopción de medidas tendientes a superar las actuales condiciones de hacinamiento, y ii. en la lista entregada por el Estado no aparece la información relativa al pabellón y a la celda en la que se encuentra cada uno de los internos. Esta información es relevante para precisar la ubicación física de los internos y facilitar la adopción de las medidas tendientes a garantizar la separación de procesados y condenados. e) en cuanto a la investigación de los hechos que motivan la adopción de las medidas provisionales, la identificación de los responsables, y la imposición de las sanciones correspondientes, incluyendo las administrativas y disciplinarias: i. el Estado no ha dado información sobre la investigación y sanción de los responsables de los hechos de violencia, es decir, de los internos muertos y heridos en el Internado, que motivaron –junto con las condiciones de detención existentes– la adopción de las medidas provisionales; ii. los técnicos y funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, órgano auxiliar de investigación, no tienen acceso al Internado debido a la inseguridad que reina en el mismo, lo cual impide la verdadera y profunda investigación de los delitos que se cometen en el Internado, y

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