71.
Por otro lado, los autores intelectuales y materiales de los masacres intentan
sistemáticamente caracterizar las víctimas, aunque inocentes e indefensas, como
"enemigos" que deben ser eliminados o exterminados, - buscan, en suma,
deshumanizarlas antes de matarlas44. Con esto, buscan "protegerse" del propio
sentimiento de culpa por sus actos de extrema crueldad. El elemento de la
intencionalidad parece estar siempre presente, a mi juicio como circunstancia agravante,
inclusive para efectos de reparaciones.
72.
La noción de "masacre" empieza a ser tomada como una "unité lexicale de
référence": en dichos casos de masacres, los sobrevivientes y los familiares de las
víctimas fatales traen consigo la carga de sus sufrimientos personales sumados a los
sufrimientos de los que fueron masacrados45. Es esta una circunstancia agravante,
sumada a la premeditación e intencionalidad que conllevaron a la perpetración de los
masacres. En fin, en los esfuerzos por lograr la justicia restaurativa, hay necesariamente
que tomar en cuenta los profundos efectos traumáticos de las masacres, no sólo y
obviamente en las víctimas y sus familiares, sino también en el propio tejido social, en la
propia población por afectada por las masacres como un todo.
73.
Significativamente, el hecho de que víctimas de masacres, y personas que se
encuentran en situaciones de la más aguda adversidad (como, inter alii, los detenidos en
condiciones infra-humanas), logran hoy día alcanzar la jurisdicción internacional para
hacer valer sus derechos. Tal hecho, - difícil de anticipar hace algunas décadas, - revela
los avances del Derecho Internacional de los Derechos Humanos en medio a tantas
dificultades. Constituye, en mi percepción, una de las manifestaciones de la humanización
del Derecho Internacional contemporáneo, que revela, además, el impacto del Derecho
Internacional de los Derechos Humanos en el Derecho Internacional Público, y, en última
instancia, lo que yo conceptuaría como la evolución corriente del Derecho Internacional
hacia el Derecho de Gentes46.
74.
Esta evolución viene a rescatar las raíces del pensamiento humanista, y su
florecimiento a lo largo de los tiempos, en medio a las sucesivas atrocidades perpetradas
por los individuos contra sus semejantes. Recuérdese, por ejemplo, que, en fines del siglo
XVIII (en 1793), en luminoso ensayo escrito poco antes de ser ejecutado, Condorcet
advertía que existía
"une science du droit des gens: mais malhereusement on chercha
des lois des nations, non dans la raison et la nature (...). On s'occupa
moins des droits de l'humanité, de la justice envers les individus, que de
l'ambition, de l'orgueil ou de l'avidité des gouvernements"47.
.
Para un dramático relato personal, cf. Primo Levi, The Drowned and the Saved,
N.Y., Vintage, 1989 [reprint], pp. 11-203.
44
.
Y. Ternon, Guerres et génocides au XXe. siècle, Paris, O. Jacob, 2007, pp. 80-82,
y cf. p. 83.
45
.
Cf., al respecto, mi estudio reciente: A.A. Cançado Trindade, Évolution du Droit
international au droit des gens - L'accès des individus à la justice internationale: Le
regard d'un juge, Paris, Pédone, 2008, pp. 1-188.
46
.
Condorcet, Esquisse d'un tableau historique des progrès de l'esprit humain
[1793], Paris, Flammarion, 1988 [reed.], p. 201.
47
21