comunicación fue remitida al Estado el 1 de Agosto de 2005, otorgándole un plazo de un mes a fin que presente las observaciones que considerare oportunas. 9. El 21 de septiembre la CIDH recibe una comunicación del Estado mediante la cual manifiesta su interés en iniciar un proceso de solución amistosa. El 22 de septiembre la CIDH indicó ponerse a disposición de las partes y ofrecer sus buenos oficios en virtud del artículo 48(1)(f) de la Convención Americana. El 7 de octubre la CIDH recibe una comunicación del peticionario indicando no estar interesado en entrar en un proceso de solución amistosa y requiriendo se continué con el trámite de la petición. La Comisión dio traslado de la mencionada comunicación al Estado el mismo 7 de octubre de 2005. III. POSICIONES DE LAS PARTES SOBRE LA ADMISIBILIDAD A. Posición del Peticionario 10. El peticionario alega que el 22 de julio de 1980, aproximadamente a las 20:00 horas, los hermanos Renato Ticona Estrada (maestro y estudiante universitario) y Hugo Ticona Estrada (dirigente universitario y ex dirigente sindical) habrían sido detenidos por una patrulla del Ejército en cercanías de la tranca de control de Cala-Cala (Oruro), cuando se dirigían a la localidad de Sacaca (Potosí), Bolivia. 11. Indica que en dicha oportunidad, los soldados verificaron los nombres de los hermanos en una lista y al constatar que el nombre de Hugo Ticona Estrada figuraba en ella detuvieron a ambos hermanos. Se indica que en esa oportunidad los hermanos Ticona habrían sido despojados de sus documentos de identificación, prendas personales y dinero, además de ser obligados, a golpes propinados por el sargento Willy Valdivia Gumucio, el teniente René Veizaga Vargas y otros soldados del Regimiento Topater, a responder a qué partido político pertenecían, si eran dirigentes, qué cargos tenían y dónde se encontraban ocultas las supuestas armas de la universidad.1 Informa que el interrogatorio y golpiza se habrían prolongado aproximadamente desde las 20:30 hasta las 03:00 del día siguiente (23 de julio). Denuncia que los hermanos Ticona también fueron puestos frente al muro de la escuela de Cala Cala, al que los soldados dispararon en repetidas oportunidades, simulando el fusilamiento de los hermanos para conseguir que dieran información. El peticionario destaca que Renato Ticona fue golpeado en repetidas oportunidades hasta perder el conocimiento. Señala que con posterioridad a la golpiza, los hermanos Ticona habrían sido trasladados por el Coronel Melean, en un camión militar, inicialmente a la guarnición/cuartel de Vinto y luego a la ciudad de Oruro donde fueron entregados al Servicio Especial de Seguridad (SES) de esa ciudad. El peticionario señala que para el momento del traslado, Renato Ticona no había recobrado el conocimiento. Informa que Renato y Hugo Ticona fueron separados y trasladados a la clínica URME2 de Oruro habiendo sido Hugo Ticona puesto en libertad el 4 de noviembre de 1980 y que Renato Ticona Estrada se encuentra hasta la fecha en calidad de desaparecido.3 1 Con relación al la detención de los hermanos Ticona el peticionario indica que en una declaración voluntaria depuesta el 12 de abril de 1984 en la ciudad de Oruro, Erasmo Calvimontes Calvimontes, conscripto del servicio militar en el Regimiento Topater de Oruro en 1980, éste afirmó que el 23 de julio de 1980, junto a otros soldados, se encontraba haciendo guardia en la tranca de Cala Cala bajo órdenes de Melean, Veizaga y Valdivia, cuando por instrucciones superiores detuvieron a los hermanos Hugo y Renato Ticona Estrada. Los hermanos fueron interrogados a golpes y patadas hasta que se desvanecieron casi moribundos. Por otra parte, en su declaración testifical de 5 de febrero de 1985 ante la Comisión Nacional de Investigación de Desaparecidos, el ciudadano José Cadima Meza señaló que “[s]iendo Secretario General del Sindicato de COMIBOL fui apresado el 21 de julio de 1980 por fuerzas militares y agentes civiles del DIN y SES,[…].... Durante mi detención me enteré que habían sido detenidos los hermanos Hugo y Renato Ticona, también supe que uno de ellos se encontraba internado en una clínica a consecuencia de la tortura de que había sido objeto, el mismo que posteriormente me enteré que había desaparecido; el otro hermano, según versiones de los otros compañeros de prisión se encontraba detenido. 2 El peticionario indica que al momento de los hechos la clínica URME de Oruro estaba relacionada con los hospitales militares de COSSMIL 3 El peticionario informa que con relación a Renato Ticona se han barajado varias hipótesis: “según una versión, su cadáver fue trasladado de vuelta al cuartel de Vinto y el 24 de julio, en la madrugada, enterrado por ocho oficiales en las cercanías del cuartel. Una segunda versión indica que Renato murió en el SES de Oruro y luego fue llevado a La Paz en una camioneta de la prefectura. Una tercera versión, comunicada a la madre de Renato, indica que fue llevado paralítico al Estado Mayor en La Paz, con el número 00358. Esta versión habría sido confirmada a la madre por un funcionario ministerial de apellido Rico Toro. Rico Toro prometió la entrega de Renato, lo que nunca sucedió. Una cuarta versión apunta a que Rento fue trasladado a una casa de seguridad en el oriente del país. Una quinta versión, del ex presidente de facto Luis García Meza, señala que los hermanos Ticona Estrada fueron detenidos y que Renato 2

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