68.
Contra esta decisión, los denunciados presentaron recurso (“en sentido estricto”) 45 ante el
Tribunal de Justicia del Estado de Bahía, el cual fue rechazado el 27 de octubre de 200546. El 19 de octubre de
2006, durante la audiencia ante la Comisión, el Estado informó que la sesión del Tribunal de Jurado estaba
prevista para el primer semestre de 200747.
69.
El 18 de julio de 2007, el Ministerio Público solicitó al Tribunal de Justicia de Bahía que
trasladara el caso para el condado de la ciudad de Salvador, por considerar que la influencia económica y
política de los acusados podría obstaculizar la toma de decisión, lo que fue acogido el 7 de noviembre de 2007.
El 26 de junio de 2008, los acusados presentaron recurso especial contra esta decisión, el cual fue inadmitido.
Interpusieron otro recurso especial ante el Superior Tribunal de Justicia en Brasilia (“agravo de instrumento”),
que fue resuelto improcedente el 27 de agosto de 2009, de modo que el expediente fue remitido de Brasilia al
Tribunal de Justicia de Bahía el 9 de noviembre de 2009 48. El Tribunal de Justicia de Bahía lo remitió el 27 de
abril de 2010 al condado de Santo Antônio de Jesus; sin embargo, según decisión del 18 de julio de 2007, éste
no era competente. Por lo anterior, el 30 de junio de 2010, el proceso fue recibido nuevamente por el Tribunal
de Justicia de Bahía que, a su vez, lo envió al Primer Circuito Judicial Criminal de Salvador49.
70.
El 20 de octubre de 2010 fueron condenadas cinco personas (Osvaldo Prazeres Bastos, Mário
Fróes Prazeres Bastos, Ana Cláudia Almeida Reis Bastos, Helenice Fróe Bastos Lyrio y Adriana Fróes Bastos de
Cerqueira) y absueltos tres acusados (Berenice Prazeres Bastos da Silva, Elísio de Santana Brito y Raimundo
da Conceição Alves). De información de p��blico conocimiento, la Comisión entiende que las personas
condenadas presentaron recursos ordinarios contra su condena y el expediente fue remitido al Tribunal de
Justicia de Bahía el 9 de noviembre de 2011 para su decisión, la cual fue emitida el 26 de abril de 2012,
desestimando de manera unánime los recursos.
71.
El 6 de junio de 2012, los acusados presentaron recursos especiales y extraordinarios contra
la sentencia condenatoria, ante el Tribunal Superior de Justicia y Supremo Tribunal Federal en Brasilia,
respectivamente. El 18 de septiembre de 2014, el Tribunal Superior de Justicia determinó no acceder a los
pedidos formulados por los denunciados. Estos presentaron recurso de inconstitucionalidad el 28 de octubre
de 2014, por lo que el expediente fue enviado al Supremo Tribunal Federal. De la información disponible, se
desprende que este recurso no ha sido resuelto a la fecha.
2.
Civil.
72.
En el ámbito civil, fueron iniciados dos procesos: a) contra el Estado de Brasil, contra el Estado
de Bahía, contra la municipalidad de Santo Antônio de Jesús y contra Mário Fróes Prazeres Bastos; y b) contra
Osvaldo Prazeres Bastos, Maria Juelieta Fróes Bastos y Mário Fróes Prazeres Bastos.
a.
Causa civil contra el Estado de Brasil, el Estado de Bahía, la Municipalidad de Santo
Antônio de Jesus y Mário Fróes Prazeres Bastos.
73.
El 4 de marzo de 2002, presuntas víctimas y familiares de presuntas víctimas presentaron una
demanda ante el Juez Federal de la Sección Judicial Federal de la ciudad de Salvador-Bahía, exigiendo el pago
del valor relativo a daños morales y materiales 50. Solicitaron además, la anticipación de tutela para los menores
de 18 años, cuyas madres fallecieron en la explosión. Esto último fue aceptado por el Juez Federal el 5 de marzo
de 200251.
Anexo 23. Recurso del 14 de enero de 2005. Anexo a comunicación de la parte peticionaria de 6 de septiembre de 2006.
Anexo 24. Fallo del recurso, adoptado por la Segunda Cámara Criminal del Tribunal de Justicia del Estado de la Bahía, de 27 de octubre
de 2005. Anexo a comunicación de la parte peticionaria de 6 de septiembre de 2006.
47 Anexo 25. Escrito del Estado de 19 de octubre de 2006.
48 Anexo 26. Resumen del progreso del proceso criminal número 0000447-05.1999.8.05.0229. (Retirado de internet)
49 Anexo 26. Resumen del progreso del proceso criminal número 0000447-05.1999.8.05.0229. (Retirado de internet)
50 Anexo 27. Demanda inicial presentada ante la Justicia Federal en el Estado de Bahía, de fecha de 4 de marzo de 2002, expediente número
2002.33.00.005225-1. Documento presentado por la parte peticionaria.
51 Anexo 28. Decisión liminar de la tutela anticipada del 5 de marzo de 2002, expediente número 2002.33.00.005225-1. Documento
presentado por la parte peticionaria.
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