3 11. Que los pagos ordenados en la […] Sentencia estarán exentos de cualquier gravamen o impuesto existente o que llegue a existir en el futuro. […] 3. La Resolución que emitió la Corte el 17 de noviembre de 2004, en la cual: DECLAR[Ó]: 1. Que de conformidad con lo señalado en el Considerando octavo de la […] Resolución, el Estado ha dado cumplimiento total a lo dispuesto en los puntos resolutivos séptimo, octavo y cuarto de la Sentencia sobre reparaciones emitida por el Tribunal el 27 de febrero de 2002, en lo que respecta a: a) pago de las indemnizaciones por concepto del daño inmaterial a favor de la madre y los dos hermanos de la víctima; b) pago de las tres indemnizaciones por concepto de daño material a favor de la madre de la víctima; c) publicación en el Diario Oficial boliviano de la Sentencia sobre el fondo dictada el 26 de enero de 2000; y d) adopción “de acuerdo con el artículo 2 de la Convención, [de] aquellas medidas de protección de los derechos humanos que aseguren el ejercicio libre y pleno de los derechos a la vida, la libertad e integridad personales y la protección y garantías judiciales, con el fin de evitar que ocurran en el futuro hechos lesivos como los del presente caso”. 2. Que de conformidad con lo señalado en el Considerando octavo de la […] Resolución, el Estado ha dado cumplimiento parcial a lo dispuesto en los puntos resolutivos sexto y noveno de la Sentencia sobre reparaciones emitida por el Tribunal el 27 de febrero de 2002, en lo que respecta a: a) dar oficialmente el nombre de José Carlos Trujillo Oroza a un centro educativo de la ciudad de Santa Cruz; y b) reintegro de las costas y gastos a favor de la señora Gladys Oroza de Solón Romero, madre de la víctima. 3. Que mantendrá abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento de los puntos pendientes de acatamiento en el presente caso, a saber: a) obligación de “emplear todos los medios necesarios para localizar los restos mortales de la víctima y entregarlos a sus familiares, con el fin de que éstos puedan darle una adecuada sepultura”; b) tipificación del delito de desaparición forzada de personas en el ordenamiento jurídico interno; c) investigación, identificación y sanción de los responsables de los hechos lesivos de que trata el presente caso; d) realización de una ceremonia pública en presencia de los familiares de la víctima para dar oficialmente el nombre de José Carlos Trujillo Oroza a un centro educativo de la ciudad de Santa Cruz; y [e]) Y RES[O]LV[IÓ]: pago por concepto de reintegro de las costas y gastos a favor de CEJIL.

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