-10g) el reintegro de los gastos y costas a los representantes de las víctimas (punto resolutivo décimo octavo). Y RESUELVE: 1. Requerir al Estado que adopte todas las medidas que sean necesarias para dar efecto y pronto acatamiento a los puntos pendientes de cumplimiento que fueron ordenadas por el Tribunal en la Sentencia sobre excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas de 2 de septiembre de 2004, de conformidad con lo estipulado en el artículo 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 2. Requerir al Estado que presente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos un primer informe el 30 de mayo de 2008, y un segundo informe el 29 de agosto de 2008, en los cuales indique todas las medidas adoptadas para cumplir las reparaciones ordenadas por esta Corte que se encuentran pendientes de cumplimiento, de conformidad con lo señalado en el Considerando 13 de la presente Resolución. 3. Solicitar a las representantes de las víctimas y sus familiares y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que presenten observaciones a los informes del Estado mencionados en el punto resolutivo anterior, en los plazos de cuatro y seis semanas, respectivamente, contados a partir de la recepción de cada informe. 4. Continuar supervisando los puntos pendientes de cumplimiento de la Sentencia sobre excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas de 2 de septiembre de 2004. 5. Requerir a la Secretaría de la Corte que notifique la presente Resolución al Estado, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a las representantes de la víctima y sus familiares.

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