señalará en los párrafos siguientes, tales demoras cobran aún más relevancia si se tienen en cuenta los resultados
que arrojó la medida una vez que fue culminada.
ii)
Respecto a la determinación de la identidad de la persona que se habría inmolado en el
atentado
237. El TOF 3 en su sentencia de octubre de 2004 concluyó que el atentado a la AMIA fue provocado por la
detonación de una carga explosiva colocada en la parte trasera de una camioneta Renault Trafic 230. En el dictamen
de fecha 25 de octubre de 2006, la UFI AMIA señaló a un ciudadano de origen libanés llamado Ibrahim Hussein
Berro como el conductor de la Trafic que se habría estrellado frente a la AMIA. De acuerdo con los fiscales, la
primera información que relacionó el nombre de Berro con el atentado fue proporcionada por una fuente cuya
identidad se mantuvo en reserva a lo largo del dictamen durante una entrevista celebrada en la ciudad de
Montevideo en el año 2001 con agentes de la SIDE y el FBI. Dicha fuente, identificada como “un ciudadano libanés,
ex militante del grupo terrorista Hezbollah”, aseguró que una persona que vivía cerca de su domicilio llamada Abu
Mohamed Yassin le había afirmado que “el apellido de aquel que cumplió el rol de suicida en el atentado a la sede
de la AMIA era Brru”231.
238. En las páginas subsiguientes del dictamen, los fiscales mencionaron una serie de elementos que
comprobarían lo expuesto por el individuo que fue entrevistado por los agentes de la SIDE en la República Oriental
del Uruguay. En primer término, consignaron que el testigo Abolghasem Mesbahi afirmó frente al TOF 3 que la
persona que se había inmolado era de origen libanés 232 . En segundo lugar, los fiscales citaron en numerosos
tramos “información proporcionada oportunamente por la Secretaria de Inteligencia” 233 e información aportada
por un “servicio colateral” de la Secretaría de Inteligencia 234 , las cuales estarían incorporadas en un dossier
producido por la SIDE, titulado “Informe Internacional” y que respaldarían en gran medida la citada hipótesis.
239. Por otra parte, los fiscales enumeraron una serie de comunicaciones telefónicas que se habrían realizado
entre mezquitas ubicadas en la ciudad de Foz de Iguazú y un domicilio en la ciudad de Beirut que pertenecería a
una persona identificada como Ahmad Ali Berro. La Comisión destaca en este punto que los fiscales aclararon que
no habían podido asegurar con “certeza acerca del posible grado de vinculación” de esta persona con Ibrahim
Hussein Berro235.
240. Adicionalmente, en el dictamen se consigna la información obtenida a partir de una declaración testimonial
tomada a dos hermanos de Ibrahim Berro que residían en los Estados Unidos. Los hermanos de Berro afirmaron,
en primer lugar, que Ibrahim solía ausentarse del hogar familiar “por periodos largos, de entre dos y tres meses,
y que al momento en que su familia recibió la noticia de su muerte, este hacía tiempo que no estaba en su domicilio”
236. En segundo término, aseguraron que a la ceremonia fúnebre por el fallecimiento de Ibrahim asistió el líder del
Hezbollah, organización que “había informado que Ibrahim murió en un combate contra tropas israelíes en el sur
del Líbano, sin que pudiera ser recuperado su cuerpo”237 .
Anexo 2. Sentencia del TOF 3. Capitulo. V. Pag 2434. Anexo 1 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019
Anexo 5. Dictamen UFI AMIA 2006 pág. 694. Anexo 12 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019.
232 Anexo 5. Dictamen UFI AMIA 2006 pág. 696. Anexo 12 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019
233 Anexo 5. Dictamen UFI AMIA 2006. Anexo 12 de la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019. Ver, por ejemplo
y entre muchos otros: págs. 698 y 699 sobre la identidad de Abu Mohamad Yassin, “La información proporcionada oportunamente por la
Secretaria de Inteligencia en la que se señala a Abu Mohamad Yassin como ‘un miembro importante de Hezbollah…’; pág. 702 sobre el viaje de
Berro desde el Líbano hacia el continente americano: “Otra fuente de la Secretaria de Inteligencia […] da cuenta de que ‘dos o tres elementos
partieron desde El Líbano – vía Europa – hacia la Triple Frontera, con pasaportes europeos y con identidades de ciudadanos de esos países y no
libanesa. Uno de ellos sería Hijad Hussein Brru…’; pag 733; sobre la alegada afinidad de la familia Berro con grupos terroristas, ver pag 733.
(resaltado no pertenece al original)
234 Anexo 5. Dictamen UFI AMIA 2006. Anexo 12 de la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019. Ver, por
ejemplo: pág. 699, sobre la presencia de Ibrahim Berro en la zona de la Triple Frontera: “un informe proporcionado por un ‘servicio colateral’
de la Secretaria de Inteligencia que determinó que el nombrado viajó desde el Líbano a la zona de la ‘triple frontera unos días antes de la fecha
elegida para la ejecución del atentado a la sede de la AMIA’ (resaltado no pertenece al original); Sobre los supuestos anfitriones de Berro en la
triple frontera, ver pág. 704
235 Anexo 5. Dictamen UFI AMIA 2006. Anexo 12 de la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019. Pág. 704.
236 Anexo 5. Dictamen UFI AMIA 2006 pág. 714. Anexo 12 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019.
237 Anexo 5. Dictamen UFI AMIA 2006 pág. 714. Anexo 12 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019.
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