VOTO DISIDENTE DEL JUEZ EDUARDO VIO GROSSI,
RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
DE 1 DE JUNIO DE 2020,
MEDIDAS PROVISIONALES RESPECTO DE COLOMBIA,
CASO 19 COMERCIANTES.
I.
INTRODUCCIÓN.
1. Se expide el presente voto disidente 1 respecto de la Resolución del título 2 , que ha ratificado 3 la
Resolución de Medidas Urgentes de la Presidenta 4 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos 5,
del 2 de abril del año en curso 6.
2.
Con el propósito de facilitar una mayor comprensión de esta divergencia, seguidamente se exponen las
razones que la sustentan, en parte ya señaladas en anteriores votos individuales 7 y que en este escrito
1
Art. 24.3 del Estatuto de la Corte: “Las decisiones, juicios y opiniones de la Corte se comunicarán en sesiones públicas y se notificarán
por escrito a las partes. Además, se publicarán conjuntamente con los votos y opiniones separados de los jueces y con cualesquiera
otros datos o antecedentes que la Corte considere conveniente”.
Art.32.1.a del Reglamento de la Corte: “La Corte hará público: sus sentencias, resoluciones, opiniones y otras decisiones, incluyendo
los votos concurrentes o disidentes, cuando cumplan los requisitos señalados en el artículo 65.2 del presente Reglamento; …”
En lo sucesivo, cada vez que se emplee “párr.” o “párrs.”, se entenderá que se refiere al párrafo a los párrafos de la Resolución del a
que se discrepa.
2
En adelante la Resolución.
3
Resolutivo N°1: “Ratificar en todos sus términos la Resolución de la Presidenta de Medidas Urgentes de 2 de abril de 2020
mediante la cual se ampliaron las medidas provisionales emitidas en el presente caso y, por consiguiente, requerir al Estado de
Colombia que incluya de manera inmediata dentro de las medidas ordenadas mediante resolución de 30 de julio de 2004 a la
señora Nery del Socorro Flórez Contreras, y a los integrantes de su familia, a saber: Shercy Pamela Romero Flórez, Maichol
Edilio Romero Flórez, Ingrith Johanna Romero Flórez, Geraldine Romero Flórez y Tatiana Romero Flórez, así como sus núcleos
familiares respectivos, a saber: Alirio Antonio Romero Galván, Yeicob Lautner Romero, Jineth Adriana Niño Colmenares, Lucas
Fabbiany Niño, Emma Lucia Lautner Niño; Naum José Mirando Ortiz; Roque Sanguino Cardona, Andrey Giusseppe Sanguino
Cardona, Andy Steven Sanguino Romero; Amy Isabela Valencia Romero; María Fernanda Contreras Lindarte, Karen Francisca
Cárdenas Rojas, María Fernanda Contreras, Valentino Romero Contreras, Salomón Romero Contreras; Sergio Giovanni Rojas
Landinez, Mariana Alessandra Rojas Romero.”
4
En adelante, la Resolución de la Presidenta.
5
En adelante, la Corte.
6
Resolutivo N°1: “Ampliar las medidas provisionales emitidas en el presente caso, de tal forma que el Estado de Colombia
incluya de manera inmediata dentro de las medidas ordenadas a la señora Nery del Socorro Flórez Contreras, y a los integrantes
de su familia, a saber: Shercy Pamela Romero Flórez, Maichol Edilio Romero Flórez, Ingrith Johanna Romero Flórez, Geraldine
Romero Flórez y Tatiana Romero Flórez, así como sus núcleos familiares respectivos.”
Votos individuales del Juez Eduardo Vio Grossi respecto de Resoluciones sobre medidas provisionales: Disidente, Caso Masacres de
El Mozote y Lugares Aledaños Vs. El Salvador, 3 de septiembre de 2019; Disidente, Caso Mack Chang y Otros Vs. Guatemala, 5 de
marzo de 2019; Parcialmente Disidente, Caso de los Miembros de la Aldea Chichupac y Comunidades del Municipio de Rabinal, Caso
Molina Thiesen y Otros 12 Casos contra Guatemala, 12 de marzo, de 2019; Concurrente, Caso Bácama Velásquez Vs. Guatemala, 22
de noviembre de 2018; Disidente, Caso Durand y Ugarte Vs. Perú, 8 de febrero de 2018; Disidente, Caso Torres Millacura y Otros
Vs. Argentina, 14 de noviembre de 2017; Concurrente, Asunto Mery Naranjo y Otros respecto de Colombia, 22 de agosto de 2017;
Concurrente, Caso Fernández Ortega y Otros, 7 de febrero de 2017; Concurrente, Caso Bácama Velázquez Vs .Guatemala, 31 de
agosto de 2016; Concurrente, Caso García Prieto y Otros Vs. El Salvador, 20 de noviembre de 2015; Disidente, Caso Torres
Millacura y Otros Vs. Argentina, 23 de junio de 2015; Disidente, Caso Kawas Fernández Vs. Honduras; Disidente, Caso Rosendo
Cantú y Otra Vs. México, 23 de junio de 2015; Disidente, Caso García Prieto y Otros Vs. El Salvador, 26 de enero de 2015;
Disidente, Caso Mack Chang y Otros Vs. Guatemala, 26 de enero de 2015; Concurrente, Caso Artavia Murillo y Otros (”Fecundación
in Vitro”) Vs. Costa Rica, 31 de marzo de 2014; Concurrente, Caso Familia Barrios Vs. Venezuela, 30 de mayo de 2013;
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