9 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. Johana Marina Valencia Sanmiguel, Gustavo Caicedo Contreras, Rusbel Asdrúbal Martínez Contreras, Roland Andrés Valencia Sanmiguel, Ronald Mayiber Valencia Sanmiguel, Luis Guillermo Pérez, Nory Giraldo de Jaramillo, Marina San Miguel Duarte, Viviana Barrera Cruz, Luz Mery Pinzón López, y Mariela Contreras Cruz. 3. Requerir al Estado que investigue los hechos que motivan la adopción de estas medidas provisionales y, en su caso, identifique a los responsables y les imponga las sanciones correspondientes. 4. Requerir al Estado que brinde participación a los representantes de los beneficiarios de estas medidas en la planificación e implementación de las mismas y que, en general, les mantenga informados sobre el avance de su ejecución. 5. Requerir al Estado que continúe informando a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cada dos meses, sobre las providencias adoptadas, y requerir a los representantes de las presuntas víctimas y sus familiares, beneficiarios de las medidas provisionales ordenadas, y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que presenten sus observaciones a dichos informes del Estado en un plazo de cuatro y seis semanas, respectivamente, contado a partir de la recepción de los referidos informes del Estado. 6. Notificar la presente Resolución de ratificación de medidas provisionales al Estado, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los representantes. Sergio García Ramírez Presidente Alirio Abreu Burelli Antônio A. Cançado Trindade Oliver Jackman Cecilia Medina Quiroga

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