RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 21 DE NOVIEMBRE DE 2000
MEDIDAS PROVISIONALES
RESPECTO DEL ESTADO DEL PERÚ1
CASO IVCHER BRONSTEIN
VISTOS:
1.
El escrito de demanda presentado por la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (en adelante “la Comisión” o “la Comisión Interamericana”) a la
Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte” o “la Corte
Interamericana”) el 3 de marzo de 1999 en contra del Estado del Perú (en adelante
“el Estado” o “el Perú”) sobre el caso Ivcher Bronstein.
2.
Las declaraciones de los testigos y el perito rendidas durante la audiencia
pública sobre el fondo del caso Ivcher Bronstein celebrada en la Corte los días 20 y
21 de noviembre de 2000 en la que comparecieron2
por la Comisión Interamericana:
Hélio Bicudo, delegado;
Claudio Grossman, delegado;
Christina Cerna, asesora;
Santiago Canton, asesor;
Debora Benchoam, asesora;
Alberto Borea, asistente;
Elliot Abrams, asistente;
Viviana Krsticevic, asistente; y
María Claudia Pulido, asistente.
Testigos y Peritos propuestos por la Comisión Interamericana:
Luis Iberico, testigo;
Baruch Ivcher Bronstein, testigo;
Fernando Viaña Villa, testigo;
Julio Sotelo Casanova, testigo;
Luis Pércovich Roca, testigo;
Rosario Lam Torres, testigo;
Samuel Abad Yupanqui, perito;
Emilio Rodríguez Larraín, testigo; y
Fernando Rospigliosi Capurro, testigo.
1
El Juez Sergio García Ramírez informó a la Corte que, por motivos de fuerza mayor, no pudo
participar de la deliberación ni la adopción de estas Medidas Provisionales.
2
El Estado del Perú no compareció a la audiencia pública de fondo en el presente caso celebrada
en la sede de la Corte los días 20 y 21 de noviembre de 2000, por lo que el Presidente de la Corte leyó
públicamente, al inicio de dicha audiencia, el artículo 27 del Reglamento de la Corte Interamericana, que
se refiere al “Procedimiento por Incomparecencia o Falta de Actuación”.