RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 30 DE AGOSTO DE 2011
MEDIDAS PROVISIONALES
RESPECTO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA
CASO GONZÁLEZ MEDINA Y FAMILIARES
VISTO:
1.
El escrito de los representantes de las presuntas víctimas1 (en adelante “los
representantes”) de 9 de agosto de 2011 y su anexo, mediante los cuales sometieron
a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte
Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) una solicitud de medidas provisionales, de
conformidad con los artículos 63.2 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos (en adelante “la Convención Americana” o “la Convención”) y 27 del
Reglamento de la Corte (en adelante “el Reglamento”), con el propósito de que la
República Dominicana (en adelante “el Estado” o “República Dominicana”) adopte
medidas “con el objeto de proteger la vida [e] integridad personal de Mario José Martín
Suriel Nuñez”.
2.
Los supuestos hechos en que se fundamenta la solicitud de medidas
provisionales presentada por los representantes, a saber:
a) el 7 de agosto de 2011, “cerca de las 11:00 de la noche, el Sr. Mario José
Martín Suriel Núñez se desplazaba hacia su hogar en su vehículo de motor”,
cuando en determinado punto de la Avenida Independencia “un joven en
actitud sospechosa se cruzó ante el vehículo con la clara intención de que el Sr.
Suriel Núñez se detuviera. El señor Suriel Núñez se detuvo, pero al observar
que junto al joven había un grupo de unos cinco (5) hombres que se
abalanzaban contra él en actitud agresiva, y que parecían portar armas
blancas, el Sr. Suriel Núñez emprendió marcha nuevamente para salir del lugar
y tratar de buscar una dotación policial. Sin embargo, enseguida fue perseguido
La Jueza Rhadys Abreu Blondet, de nacionalidad dominicana, se excusó de conocer el caso González
Medina y familiares y, por consiguiente, la presente solicitud de medidas provisionales, de conformidad con
los artículos 19.2 del Estatuto y 19.1 del Reglamento del Tribunal. El Juez Leonardo A. Franco informó al
Tribunal que, por motivos de fuerza mayor, no podía estar presente en la deliberación y firma de la presente
Resolución.
1
Las presuntas víctimas en el presente caso designaron como sus representantes a los abogados Tomás
Castro Monegro y Rafael Domínguez, de la organización de la sociedad civil denominada “Comisión de la
Verdad”, y a Viviana Krsticevic, Ariela Peralta, Francisco Quintana y Annette Martínez, del Centro por la
Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).