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señora Rosario Teresa Cordero Borja, propuesta como perito por el Estado, prestaran
sus dictámenes a través de declaraciones rendidas ante fedatario público (affidávits).
Además, el Presidente convocó a la Comisión, a los intervinientes comunes y al
Estado a una audiencia pública que se celebraría en la sede de la Corte Suprema de
Justicia de El Salvador a partir del 27 de junio de 2006, para escuchar sus alegatos
finales orales sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y
costas, así como el peritaje del señor Samuel Abad Yupanqui, propuesto como perito
por la Comisión. Asimismo, el Presidente informó a las partes que contaban con plazo
improrrogable hasta el 27 de julio de 2006 para presentar sus alegatos finales
escritos en relación con las excepciones preliminares y eventuales fondo,
reparaciones y costas.
45.
El 2 de junio de 2006 el Estado designó al señor Carlos Fernando Mesía
Ramírez como Agente alterno. El 19 de junio de 2006 los intervinientes comunes
manifestaron que dicha persona “no contaba con la designación de Agente alterno al
momento de ser presentado ante [la Corte] como tal”, por lo que solicitaron al
Tribunal “tener en cuenta lo informado para las acciones que consider[ara]
convenientes”.
46.
El 13 de junio de 2006 la Comisión Interamericana informó que, por motivos
de fuerza mayor, el perito Samuel Abad Yupanqui no podría asistir a la audiencia
para la cual había sido convocado, por lo que solicitó la concesión de un plazo para
remitir su declaración jurada. Dicha solicitud fue admitida por el Presidente.
47.
El 26 de mayo y el 20 de junio de 2006 los intervinientes comunes y la
Comisión remitieron, respectivamente, copia de las declaraciones juradas escritas
rendidas por testigos y peritos (supra párs. 44). El 21 de junio de 2006 el Estado
presentó sus observaciones a las declaraciones juradas escritas rendidas por los
testigos y perito ofrecidos por los intervinientes comunes. Ese mismo día la
Comisión manifestó que no tenía observaciones que formular a dichas declaraciones.
El 21 y 23 de junio de 2006 el Estado presentó observaciones a la declaración
pericial rendida ante fedatario público (affidávit) por el señor Paúl Noriega Torero y a
las declaraciones testimoniales remitidas por los intervinientes comunes.
48.
El 21 de junio de 2006 la perito propuesta por el Perú presentó
autónomamente sus “observaciones técnico jurídico legales económicas y
financieras” a la declaración pericial rendida ante fedatario público (affidávit) por el
señor Paúl Noriega Torero, perito propuesto por los intervinientes comunes.
49.
El 6 de julio de 2006 la Secretaría informó a las partes, siguiendo
instrucciones de la Corte, que el escrito indicado en el párrafo anterior no podía ser
admitido, en razón de que había sido presentado extemporáneamente y no se
refería, además, al objeto del peritaje ordenado por el Presidente en la Resolución
respectiva (supra párr. 44), ni había sido solicitado por el Tribunal.
50.
El 27 de junio de 2006, en el marco de su XXIX Período Extraordinario de
Sesiones, la Corte celebró en la sede de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador,
ciudad de San Salvador, la audiencia pública sobre excepciones preliminares y
eventuales fondo, reparaciones y costas, en la cual comparecieron: a) por la
Comisión Interamericana: Florentín Meléndez, Comisionado, Santiago Canton,
Secretario Ejecutivo, Víctor H. Madrigal Borloz y Juan Pablo Albán, asesores, y Lilly
Ching, asesora; b) por los intervinientes comunes: Javier Antonio Mujica Petit y
Francisco Ercilio Moura, y c) por el Estado del Perú: Julia Antonia Carmela Arnillas
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