individuo le propinó siete balazos. El individuo escapó minutos después en una motocicleta con otra persona que lo esperaba. 13. La peticionaria sostiene que sobre la muerte del señor Carvajal Carvajal se han tejido cuatro hipótesis, dos de ellas vinculadas al señor Bermúdez Ardilla. La primera de ellas se refiere a la información que el señor Carvajal Carvajal presuntamente poseía con relación a una red de tráfico de armas. La segunda se vinculaba a la construcción de viviendas defectuosas en la zona. Las otras hipótesis vinculan el asesinato con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y una banda de delincuentes locales. 14. La denunciante indica que luego del asesinato, la Fiscalía Veintidós Delegada ante los Juzgados Penales del Circuito en Pitalito, declaró abierta la instrucción en contra de Carlos Andrés Correa Meneses como presunto autor material del crimen, sobre la base de un informe del Cuerpo Técnico de la Fiscalía local. El caso pasó luego a la Fiscalía Delegada ante los Jueces Regionales con sede en Bogotá, la cual mediante resolución del 10 de mayo de 1998 ordenó la detención preventiva del señor Correa Meneses. El 28 de diciembre de 1998, la Fiscalía Delegada consideró que no existían pruebas suficientes para vincular al señor Correa Meneses con el asesinato, ordenando su inmediata liberación. El 29 de diciembre de 1998, la misma Fiscalía inició una nueva investigación sindicando a los señores Fernando Bermúdez Ardila, Marco Fidel Collazos, Ramiro Falla Cueca y Víctor Félix Trujillo Calderon, como autores materiales e intelectuales del crimen, los mismos que fueron detenidos preventivamente. El 19 de febrero de 1999 el señor Alfaro Quintero Alvarado fue incluido en la investigación y detenido preventivamente. 15. La peticionaria señala que posteriormente los señores Bermúdez, Collazos y Falla solicitaron ante la Fiscalía Regional respectiva la revocatoria de las órdenes de detención en su contra, las mismas que fueron denegadas. El 2 de noviembre de 1999, luego de tramitarse una apelación a dicha decisión, la Unidad Delegada ante el Tribunal Superior de Santa Fe de Bogota, Sala Penal de Descongestión, ordenó la libertad del señor Falla. De la misma forma, el 10 de diciembre de 1999, la Fiscalía Especializada revocó la medida de detención preventiva en contra del señor Collazos. 16. La peticionaria agrega que el 17 de enero de 2000 la Fiscalía Delegada antes los Jueces Penales de los Circuitos Especializados acusó penalmente a los señores Bermúdez, Trujillo y Quintero por el asesinato. Se inició de esta manera un proceso judicial en donde fueron acusados 4

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