Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 19 de diciembre de 2007 Caso de Heliodoro Portugal Vs. Panamá VISTO: 1. La Resolución emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 29 de noviembre de 2007, mediante la cual decidió, inter alia: 1. Requerir, por las razones señaladas en los Considerandos 23 y 24 de la […] Resolución y en ejercicio de la facultad que le otorga el artículo 47.3 del Reglamento, que los siguientes testigos y peritos, propuestos por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por los representantes de la presunta víctima y sus familiares y el Estado rindan sus testimonios y sus dictámenes, a través de declaración ante fedatario público (affidávit): A. Testigos […] Propuestos por los representantes […] 9. Janeth Rovet[t]o, quien rendirá testimonio sobre: i. su trabajo como Agente Especial de Instrucción para la investigación de los casos de desapariciones forzadas; ii. el estado de las investigaciones de los asesinatos y desapariciones forzadas documentadas por la Comisión de la Verdad, y particularmente se referirá al caso del señor Portugal, y iii. los alegados obstáculos que ha encontrado en las investigaciones de los hechos y los resultados de sus investigaciones. […] 5. Convocar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a los representantes de la presunta víctima y sus familiares y al Estado de Panamá a una audiencia pública que se celebrará en la sede de la Corte Interamericana los días 29 y 30 de enero de 2008, a partir de las 09:00 horas, para escuchar sus alegatos finales orales sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas en el presente caso, así como las declaraciones de los siguientes testigos: A. […] Testigos