IV. ANÁLISIS DE FONDO A. Hechos probados 1. Sobre la labor de María Luisa Acosta 24. María Luisa Acosta es reconocida a nivel nacional e internacional como abogada defensora de los derechos de los pueblos indígenas 2. Al respecto, el Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos de Nicaragua señaló que la señora Acosta “se ha caracterizado por ser la principal defensora de los derechos indígenas [que los] defiende con valentía y desde la perspectiva de los derechos humanos”3. Al momento de los hechos del presente caso y hasta la fecha de emisión de este informe, María Luisa Acosta ha fungido como coordinadora de CALPI, organización nicaragüense que tiene como misión ofrecer asesoría legal y técnica a los pueblos indígenas, principalmente en cuestiones relacionadas con el ejercicio del derecho de propiedad sobre sus tierras y recursos naturales4. 25. Desde el año 2000 María Luisa Acosta asumió la representación de pueblos indígenas de la Cuenca de Laguna de Perlas, en diversos litigios administrativos y judiciales para reivindicar sus derechos de posesión y uso de tierras ancestrales 5. María Luisa Acosta también denunciaba públicamente, tanto a nivel nacional como internacional, lo que acontecía con estos pueblos 6. 26. Conforme a información de conocimiento público, los diversos litigios administrativos y judiciales habían sido interpuestos contra el corredor de bienes raíces Peter Tsokos, de nacionalidad griega y estadounidense, quien había comprado siete de los veintidós Cayos Perlas, los cuales presuntamente constituían tierras ancestrales de los pueblos indígenas que las habitaban 7. Según lo señalado por prensa nacional e internacional, la compra de los referidos cayos se habría realizado de forma ilegal, ya que la Constitución nicaragüense y el Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica, garantizaban que la propiedad de los pueblos indígenas no fuera objeto de enajenación privada 8. También fue difundido que 2 Anexo 1. Carta del Rector de la Universidad de Tromso dirigida a la OACNUDH, 2 de mayo de 2002. Expediente judicial de primera instancia No. 110-02, folio 353. Anexo 2. Carta del Centro de Investigación en la Universidad de York dirigida al Presidente de Nicaragua, 18 de abril de 2002. Expediente judicial de primera instancia No. 110-02, folio 355. Anexo 3. Pronunciamiento de Nicaragua Emergency Response Network de 11 de abril de 2002. Expediente judicial de primera instancia No. 110-02, folio 350. Anexo 4 “Pastores por la Paz imploran investigar crimen, constatan violaciones a derechos indígenas en el Caribe”, La Prensa, 10 de abril de 2002. Anexos a la comunicación de los peticionarios de 13 de julio de 2007. 3 Anexo 5. Pronunciamiento del Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), Benjamín Pérez Fonseca, Managua, 22 de abril de 2011. Expediente judicial de primera instancia No. 110-02, folio 352. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 13 de julio de 2007. 4 Sitio de Internet del Centro de Asistencia Legal Para Pueblos Indígenas (CALPI), http://calpi.nativeweb.org/quiensomos.htm 5 Workers World, Nicaragua leader targeted, 2 de mayo de 2002, http://www.workers.org/ww/2002/nicaletter0502.php Anexo 6. “Abogada de etnias asegura que Policía niega acceso al agua a las etnias que habitan en la zona”, La Prensa, 14 de octubre de 2000. Anexo 7. “Corte Suprema ventilará conflicto por Cayos de Perlas”, La Prensa, 14 de octubre de 2000. En relación con la compraventa de estos Cayos, María Luisa también escribió publicaciones académicas. Anexo 8. Análisis Jurídico sobre la Compra-Venta de los Cayos Perlas. Revista del Caribe Nicaragüense, WANI. No. 29. CIDCA-UCA, abril-junio de 2002. Anexos a la comunicación de los peticionarios de 13 de julio de 2007. 6 7 Anexo 9. Carta de solidaridad a María Luisa Acosta del Centro Alexander Von Humbolt, Grupo Jurídico Internacional, y Centro de Asistencia Legal a los pueblos indígenas (CALPI), 15 de abril de 2002. Expediente judicial de primera instancia No. 110-02, folio 351. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 13 de julio de 2007. Anexo 10. “Jamás he cometido un delito, afirma, Griego protesta su inocencia”, El Nuevo Diario, 13 de abril de 2002. Anexo 4 “Pastores por la Paz imploran investigar crimen, constatan violaciones a derechos indígenas en el Caribe”, La Prensa, 10 de abril de 2002. Anexos a la comunicación de los peticionarios de 13 de julio de 2007. “Nicaragua leader targeted”, Workers World, 2 de mayo de 2002. Disponible en http://www.workers.org/ww/2002/nicaletter0502.php. Anexo 11. “Indígenas reclaman complejo de islotes”, La Prensa, 8 de octubre de 2000. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 13 de julio de 2007. 8 “Nicaragua leader targeted”, Workers World, 2 de mayo de 2002. Disponible en http://www.workers.org/ww/2002/nicaletter0502.php. Anexo 12. Catherine Elton, “Legal storm rocking island `kingdom'”, The Miami Herald, 99th Year, No. 219, 2002. Expediente judicial de primera instancia No. 110-02, folios 368-370. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 13 de julio de 2007. Nicaragua Network Hotline, Peter Tsokos sells another island!, 3 de diciembre de 2001. Disponible en http://www.hartford-hwp.com/archives/47/402.html. Anexo 13. “Marena multa al griego Peter Tsokos”, La Prensa, 18 de mayo de 2001. Anexo 14. “Amparan a misquitos en el caso de los cayos”, El Nuevo Diario, 12 de marzo de 2001. Anexo 15 “El Caso de los Cayos Perlas”,

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