2 inadvertido para la Declaración de Cartagena (1984), de San José de Costa Rica (1994) y México (2004), en relación con los refugiados y personas desplazadas por la fuerza. He acompañado de cerca este proceso histórico y también he participado en él, y estoy convencido de que la Corte Interamericana no puede permanecer indiferente o insensible a este tema. 13. En este caso de la Comunidad Moiwana, luego de la Sentencia de la Corte del 15/6/2005, se realizó una ceremonia en Surinam el 29/11/2005 que no debería pasar inadvertida, y que revela los progresos de la conciencia humana en nuestra región. Mediante una comunicación emitida al día siguiente (30/11/2005) por el Programa Forest People y la Reuters Foundation, se informó lo siguiente: "Los familiares sobrevivientes de 39 personas de la etnia Maroon asesinadas en la masacre ocurrida en el pueblo Moiwana de Surinam, volvieron a su lugar de nacimiento por primera vez luego de la matanza de 1986 para asistir a una ceremonia conmemorativa. Las mujeres del pueblo N´djuka, vestidas con sus atuendos de duelo de color azul y blanco, lloraron durante la ceremonia celebrada el martes al lado de tres lámparas de aceite gigantes encendidas en conmemoración, mientras los dignatarios de la comunidad Moiwana rociaban el suelo con agua para protegerse del demonio. La ceremonia se llevó a cabo luego de que Surinam aceptara, esta semana, acatar una orden de la Corte Internacional de indemnizar a las víctimas de la masacre de 1986, cuando los soldados mataron a 39 personas N´djuka Maroon que se encontraban desarmadas, especialmente mujeres y niños. (…) En el mes de junio, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en Costa Rica, ordenó al gobierno (de Surinam) indemnizar a los familiares sobrevivientes y castigar a los responsables, en una sentencia que posibilitó el retorno de los miembros de la comunidad. (…) El pueblo Maroon representa aproximadamente el 15 por ciento de la población de Surinam, y son descendientes de los esclavos africanos que escaparon. (…)”. 14. Un día después (1/12(2005), otra comunicación de la Caribbean Net News, informó que un representante presidencial declaró en la ceremonia que “la Comunidad Moiwana será reconstruida”, y otro alto funcionario prometió “entregar las tierras de la comunidad Moiwana en propiedad colectiva a sus miembros”. Esta comunicación informó además: "En una emocionante ceremonia (...), los familiares que han sobrevivido recordaron a los más de 39 hombres, mujeres y niños asesinados en un ataque militar al pueblo Maroon de Moiwana, en Surinam. (…) Fue la primera vez en 19 años que la mayoría del pueblo volvió a la zona, actualmente abandonada, donde fueron asesinadas personas inocentes. [...Se] manifestó que aunque Surinam había sido condenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y los familiares de las víctimas serían indemnizados, “esto no borrará el dolor de nuestros corazones”. Durante la ceremonia los sobrevivientes recordaron los hechos de ese trágico día, cómo hermanos, hermanas, mujeres embarazadas y ancianos habían sido baleados a quemarropa por tropas armadas. (…)”. 15. En el presente caso de la Comunidad Moiwana, el tema del retorno obviamente voluntario, el único admisible- de los miembros de la comunidad que sobrevivieron y optan por volver, cobra relevancia. Esto pone también de relieve los temas de la delimitación, demarcación y adjudicación de la titularidad sobre los territorios de la comunidad ordenados por la Corte (supra). El tema del retorno (de refugiados y personas desplazadas por la fuerza) ha sido objeto de especial atención en los últimos años en las Naciones Unidas (en particular por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y su Comisión de Derechos Humanos). El ACNUR lo ha incluido en sus últimas Consultas Globales sobre Protección Internacional, en las que he tenido oportunidad de participar. En la cuarta sesión de dichas Consultas (Abril de 2002), por ejemplo, se puso de manifiesto la

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