4 reparaciones dictada en el caso de Comunidad Moiwana, según lo contemplado en el artículo 67 de la Convención y el artículo 59 del Reglamento de la Corte. 5. En el pedido de aclaratoria, el Estado realizó, entre otras cosas, las siguientes observaciones: El Estado reconoce que la Convención indica expresamente que la sentencia de la Corte no es apelable. Con la posibilidad de solicitar una aclaratoria del sentido y alcance de la sentencia, los redactores de la Convención dieron a las partes en desacuerdo con la sentencia, la oportunidad de peticionar a la […] Corte. [L]a República de Surinam expresa que no está de acuerdo con determinadas partes de la Sentencia del 15 de octubre de 2005 dictada por la Corte en el Caso de Comunidad Moiwana vs. Surinam. El Estado respetuosamente solicita a la Corte la interpretación de dichas partes de la sentencia. A fin de que la Corte entienda en un caso, el artículo 61, apartado 2 de la Convención ordena que deben completarse los procedimientos establecidos en los artículos 48 y 50. El Estado manifestó en todas las comunicaciones previas realizadas durante el proceso y en la audiencia pública realizada en el mes de Septiembre de 2004 ante la […] Corte, que la Comisión había adoptado equivocadamente una comunicación como un Informe del Artículo 50. En base al mencionado apartado 2 del artículo 61 de la Convención, el “Informe del Artículo 50” erróneamente adoptado sirve como fundamento para la presentación de la demanda ante la […] Corte. […] El Estado debe concluir que la […] Corte no analizó el estado ni la condición de dicha comunicación –el Informe del Artículo 50- presentada por la Comisión como fundamento de su demanda ante la Corte en la cuestión que nos ocupa. Dado que la Convención exige expresamente que se lleven a cabo los procedimientos establecidos en los artículos 48 y 50 de la Convención, como conditio sine qua non para que la […] Corte ejerza su competencia sobre un determinado caso, el Estado considera que la […] Corte debe analizar cuidadosamente los procedimientos a fin de determinar si los requisitos mencionados en los artículos 48 y 50 de la Convención han sido cumplidos por la Comisión. Solo luego de este análisis basado en las cuestiones de derecho podrá determinarse que dichos requisitos establecidos por la Convención han sido cumplidos por la Comisión a fin de iniciar este caso ante la Corte. Solo así tendrá la […] Corte el derecho establecido en el apartado 2 del artículo 61 de la Convención para entender en este caso en particular […] El Estado ha expresado que está en total desacuerdo con la determinación de la Comisión según la cual dicho informe debe ser considerado como Informe del Artículo 50. El Estado alegó que la Comisión presentó, en forma errónea, varios actos de quienes actuaban por el Estado como encuadrados dentro del marco de la Convención, mientras que en opinión del Estado si las violaciones se produjeron, ellas deben ser analizadas a la luz de la Declaración Americana de Derechos Humanos […] En general esto no sería problemático. Sin embargo, el 29 de noviembre de 1986, cuando lamentablemente se produjeron los hechos en la aldea de Moiwana, Surinam no era un Estado parte de la Convención. Como estado miembro de la OEA, la Declaración se aplica a estos hechos particulares. Además, el Estado argumenta también que la comunicación a la que la […] Corte califica como Informe del artículo 50, no se realizó adecuadamente de conformidad con los artículos de la Convención como para operar como requisito previo de su solicitud a la […] Corte en este caso particular. La sentencia no incluye una explicación de la […] Corte en relación con estas dos comunicaciones y ello es muy importante para el Estado. Este último respetuosamente solicita a la […] Corte una interpretación/explicación sobre esta cuestión. Además del Artículo 61 de la Convención, en el artículo 57 se establece: “La Comisión deberá comparecer ante la Corte en todos los casos”. En base a lo dispuesto por la Convención, es evidente que las únicas partes legitimadas para actuar como tales ante la […] Corte son la Comisión, en representación de la víctima o sus representantes, y los Estados parte. Aunque la República de Surinam de hecho no tiene problema en dar la oportunidad de que los individuos se dirijan a la […] Corte para proporcionar información útil en cuando a los hechos y testimonios del caso, esto puede ocurrir solamente a través de la Comisión, dado que esta última es la única parte mencionada en la Convención con legitimación para actuar ante la Corte en representación de la víctima o su representante. El Estado considera que dado que la Convención prevalece sobre las

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