Perfil etario de las presuntas víctimas
22%
22%
Fallecidas
Entre 80 y 92 años
18%
Entre 70 y 79 años
Menores de 70 años
38%
Perfil etario de las presuntas víctimas al 30 de junio de 2021 354
VIII
FONDO
126. El presente caso se relaciona con la alegada falta de cumplimiento de trece sentencias
judiciales en firme dictadas a favor de un grupo de profesores y profesoras. En efecto, el
traspaso del personal docente hacia las Municipalidades y su adscripción al régimen de empleo
propio del derecho privado durante la dictadura militar en Chile, implicó que se les dejara de
pagar una asignación especial establecida por el Decreto Ley No. 3.551 de 1980. Una vez
restablecida la democracia, los peticionarios de este caso demandaron a las Municipalidades
por el pago de esta asignación y obtuvieron sentencias firmes que ordenaban el pago de la
misma. Sin embargo, más de 25 años después, no se ha logrado el pago efectivo de las sumas
adeudadas y las Municipalidades carecen, en sus patrimonios propios, de los fondos necesarios
para hacer frente a estas obligaciones pecuniarias.
127. Esta obligación de pagar lo adeudado a las y los profesores ha sido subrayada tanto por la
Cámara de Diputados de Chile355 como por la OIT356. En el caso concreto, a pesar de haberse
expedido sentencias judiciales que ordenaban los pagos, la estructura institucional interna del
Estado chileno no ha permitido ejecutar las sentencias ni dotar de medios y recursos suficientes
para que estas Municipalidades puedan cumplir con las condenas en su contra. De esta forma, de
acuerdo con los alegatos presentados por las partes y la Comisión, esta Corte examinará de
forma conjunta las alegadas violaciones al derecho a la tutela efectiva, la garantía del plazo
razonable y la propiedad privada por el alegado incumplimiento de las sentencias firmes a
favor de las y los profesores peticionarios en este caso.
354
Cfr. Cuadro de edades presentado por los representantes (expediente de prueba, folios 19460 a 19477).
Cfr. Cámara de Diputados de Chile. Informe de la Comisión Especial de las denominadas deudas históricas,
supra (expediente de prueba, folios 3 a 166).
355
Cfr. Oficina Internacional del Trabajo. Informe del Director General, supra, (expediente de prueba, folios 168
a 198).
356
48
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