de la operación, Sebastián continuó en coma II hasta el 28 de diciembre siguientes y luego en coma vigil hasta el 18 de enero de 1989 16 . Mientras estuvo en terapia intensiva se le practicaron dos tomografías computadas encefálicas que muestran edema cerebral y troncal, así como electroencefalogramas y potenciales evocados de tronco y visuales que muestran enlentecimiento 17 . 41. Sebastián fue dado de alta del Hospital Nacional Posadas -una vez que recuperó la consciencia- el 23 de enero de 1989, luego de 33 días de internamiento 18 . Fue dado de alta del hospital con dificultades en el habla y en el uso de sus miembros superiores e inferiores” 19 , para su atención por consultorio externo “con diagnóstico que incluy[ó] traumatismo de cráneo, fractura temporoparietal derecha, contusión cerebral y del tronco mesencefálico” 20 , así como “déficit neurológico” 21 . C. Consecuencias del accidente en Sebastián Claus Furlan 42. El accidente y su consiguiente estado de coma ocasionaron en Sebastián secuelas irreversibles. Estas secuelas, corroboradas por los diversos exámenes realizados, indican que Sebastián sufre de un desorden mental orgánico postraumático grado IV, con incapacidad parcial y permanente del 70% según la tabla de evaluación de las incapacidades laborales establecidas en la legislación interna 22 . Como consecuencia del accidente, Sebastián padece “un desorden orgánico post-traumático y una reacción anormal neurótica con manifestación obsesiva compulsiva (con deterioro de su personalidad), lo que ha determinado un importante grado de incapacidad psíquica” 23 . 16 Peritaje Médico-Psicológico realizado por el Dr. Luis Garzoni, designado de oficio como perito en los autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional S/Daños y Perjuicios”, presentado en la causa en fecha no legible y trasladado a las partes por orden del juez el 5 de marzo de 1999, folio 243 vuelta. Anexo a comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008. 17 Peritaje Médico realizado por el Dr. Juan Carlos B. Brodsky, médico neurólogo designado de oficio como perito en los autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional S/Daños y Perjuicios”, presentado en la causa el 15 de noviembre de 1999, folio 266 vuelta. Anexo a comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008. 18 Peritaje Médico realizado por el Dr. Juan Carlos B. Brodsky, médico neurólogo designado de oficio como perito en los autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional S/Daños y Perjuicios”, presentado en la causa el 15 de noviembre de 1999; y resumen de la Historia Clínica del 21 de diciembre de 1988 al 23 de enero de 1989, elaborado por la Dra. Lidia C. Albano, Jefa de Terapia Intensiva Infantil. Autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional S/Daños y Perjuicios”, folios 13 vuelta y 266. Anexo a comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008. 19 Sentencia de primera instancia emitida el 7 de septiembre de 2000, Justicia Nacional en lo Civil y Comercial Federal, Juzgado No. 9, Secretaría No. 18, Expediente No. 3.519/1997, autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional S/Daños y Perjuicios”, folio 320 vuelta. Anexo a comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008. 20 Peritaje Médico-Psicológico realizado por el Dr. Luis Garzoni, designado de oficio como perito en los autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional S/Daños y Perjuicios”, presentado en la causa en fecha no legible y trasladado a las partes por orden del juez el 5 de marzo de 1999, folio 243 vuelta. Anexo a comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008. 21 Autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional S/Daños y Perjuicios”, folio 148 vuelta. Anexo a comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008. 22 Peritaje Médico realizado por el Dr. Juan Carlos B. Brodsky, médico neurólogo designado de oficio como perito en los autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional S/Daños y Perjuicios”, presentado en la causa el 15 de noviembre de 1999, folio 268 vuelta. Anexo a comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008. 23 Sentencia de primera instancia emitida el 7 de septiembre de 2000, Justicia Nacional en lo Civil y Comercial Federal, Juzgado No. 9, Secretaría No. 18, Expediente No. 3.519/1997, autos caratulados “Furlan Sebastian Claus C/ Estado Nacional S/Daños y Perjuicios”, folio 325. Anexo a comunicación del Estado recibida el 15 de octubre de 2008.

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