disparado por arma de fuego, […] se encuentra en un mismo plano con respecto al tirador y con su parte
posterior orientada en dirección hacia éste” y “el victimario para el momento de efectuar disparo con arma de
fuego […] se encuentra ubicado diagonal (hacia el lado izquierdo de la víctima) y con la boca del cañón del
arma de fuego en forma descendente y en dirección al objetivo […]”62.
57.
El 14 de enero de 2003 se solicitó la práctica de experticia de reconocimiento legal y
comparación balística a cuatro proyectiles63.
58.
El 20 de febrero de 2003 el CICPC solicitó la práctica de experticia de reconocimiento legal,
mecánica y diseño y restauración de seriales a siete armas de fuego y tres cargadores consignadas en la
investigación64; y el 25 de febrero siguiente se solicitó la práctica de levantamiento planimétrico a vehículos
color blanco pertenecientes a la policía del estado Aragua65 y de trayectoria balística a los mismos66.
59.
Consta igualmente que se realizó una inspección técnica en el sector 1, vereda 40,
urbanización Rafael Urdaneta en la que se dejó constancia que “frente a la residencia signada con el No. 5 se
localiz[ó] una mancha de sustancia de color pardo rojiza, [y] a una distancia de 20 centímetros se apreci[ó] un
arma de fuego tipo revolver, […] calibre .38, sin serial aparente, contentivo en su masa de cinco conchas
percutidas del mismo calibre”67.
60.
También se realizó otra inspección técnica “en la carretera Cagua-urbanización Rafael
Urdaneta, vía pública, Cagua, estado Aragua” en la que se hizo constar la presencia de un “vehículo automotor,
marca fiat, modelo palio, color verde, placas DAH-13E, con su parte delantera orientada en sentido cardinal
norte”, y “su caucho trasero derecho desprovisto de aire”. Asimismo se indica que se localizó “un arma de
fuego tipo pistola”, “tres conchas de balas calibre 380”, dos unidades de la policía estadual con impactos
62 Anexo 36. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio de Interior y Justicia. CICPC. Región Aragua. Laboratorio
Criminalístico. Oficio No. 9700-064-LC-700.2003, de 23 de febrero de 2003. Anexo a la petición inicial de 14 de marzo de 2007.
63 La experticia fue remitida el 22 de febrero siguiente identificando dos armas con las que se habían disparado cada par de
proyectiles. Ver: Anexo 37. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio de Interior y Justicia. CICPC. Laboratorio Criminalístico –
Región Aragua. Oficio No. 9700-064-LC-0519.03, de 22 de febrero de 2003. Anexo a la petición inicial de 14 de marzo de 2007.
64 El 27 de febrero siguiente, se remitió la evidencia consignada junto con el respectivo informe el cual concluyó que: i) las
armas estaban en “buen estado de funcionamiento”, ii) que se les realizó a cada una un disparo de prueba para obtener “las piezas
standard (conchas y proyectiles)”; y iii) que el arma de fuego tipo revolver modelo 10-8 presentaba los seriales limados y que los mismos
fueron restaurados. Ver: Anexo 38. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio de Interior y Justicia. Cuerpo de Investigaciones
Científicas, Penales y Criminalística. Región Aragua. Laboratorio Criminalístico Toxicológico. Oficio No. 9700-064-LC-0949.03 de 27 de
febrero de 2003. Anexo a la petición inicial de 14 de marzo de 2007.
65 El 25 de febrero siguiente se remitió la experticia solicitada al Jefe de la Seccional de Cagua del CICPC. Ver: Anexo 39.
República Bolivariana de Venezuela. Ministerio de Interior y Justicia. CICPC. Región Aragua. Oficio No. 9700-064-LC-0987.03 de 26 de
febrero de 2003. Anexo a la petición inicial de 14 de marzo de 2007.
66 Según la experticia, uno de los vehículos tenía: i) un impacto en el vidrio parabrisa delantero, el proyectil que origina dicho
orificio continua un recorrido descendente impactando en el tablero […] siguiendo su recorrido de manera descendente en el espaldar
del asiento del copiloto […]; ii) en el vidrio parabrisa delantero, el proyectil que origina dicho orificio continua un recorrido descendente
proyectándose el mismo hacia la parte interna del vehículo, impactando en el asiento trasero del lado [incompleto]; iii) en el guardafango
izquierdo, el proyectil que origina dicho orificio, continua un recorrido ascendente impactando en la base del amortiguador del mismo
lado, originando una abolladura […]; iv) en la puerta del conductor, el proyectil que origina dicho orificio continua una recorrido
descendente proyectándose el mismo hacia el espacio; v) en la puerta del conductor, proyectándose dicho proyectil hacia el medio
exterior. Y, el otro vehículo tenía un orificio en: i) el vidrio parabrisa delantero, el proyectil que origina dicho orificio continua un
recorrido ascendente impactando en el posa cabeza del asiento del copiloto […] siguiendo su recorrido impactando a siguiendo su
recorrido (sic) de manera descendente impactando en el espaldar del asiento trasero; ii) en el vidrio parabrisa delantero, [incompleto].
El informe concluye que “[…] de acuerdo a las características que presentan los orificios e impacto (abolladura), se establece que los
disparos fueron realizados a DISTANCIA”. Ver: Anexo 40. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio del Interior y Justicia. CICPC.
Región Aragua. Laboratorio Criminalístico. Oficio No. 9700-064-LC-982.2003, de 25 de febrero de 2003. Anexo a la petición inicial de 14
de marzo de 2007.
67 Citado en Anexo 6. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio Público. Fiscalía Novena de la Circunscripción Judicial del
estado Aragua. No. de oficio 05-F9-1304-03. Escrito de acusación interpuesto ante el Juez Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del
estado Aragua en fecha 13 de junio de 2003, pág. 8. Anexo a la petición inicial de 14 de marzo de 2007.
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