RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS∗ DE 22 DE SEPTIEMBRE DE 2006 SOLICITUD DE MEDIDAS PROVISIONALES PRESENTADA POR LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS RESPECTO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA A FAVOR DE MERY NARANJO Y OTROS VISTO: 1. La Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana” o “la Corte” o “el Tribunal”) de 5 de julio de 2006, en la cual resolvió: 1. Requerir al Estado que adopte de forma inmediata las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida y a la integridad personal de las siguientes personas Mery Naranjo Jiménez y sus familiares Juan David Naranjo Jiménez, Alejandro Naranjo Jiménez, Sandra Janeth Naranjo Jiménez, Alba Mery Naranjo Jiménez, Erika Johann Gómez, Javier Augusto Torres Durán, Heidi Tatiana Naranjo Gómez, Sebastián Naranjo Jiménez, María Camila Naranjo Jiménez, Aura María Amaya Naranjo, Esteban Torres Naranjo, y María del Socorro Mosquera Londoño. 2. Requerir al Estado que adopte de forma inmediata las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida y a la integridad personal de Luisa María Escudero Jiménez. 3. Requerir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los beneficiarios o sus representantes que, en un plazo de diez [días], contado a partir de la notificación de la […] Resolución, informen a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la actual situación de la niña Luisa María Escudero, con el fin de que el Tribunal valore oportunamente el mantenimiento de las presentes medidas adoptadas a su favor. 4. Requerir al Estado que asegure que las medidas de protección no sean brindadas por los “cuerpos de seguridad” que, según los beneficiarios, estarían involucrados en los hechos denunciados, de modo que la designación de los mismos se haga con la participación de los beneficiarios o su representante. 5. Requerir al Estado que provea las medidas de custodia permanentes necesarias para brindar seguridad en el lugar de residencia de la señora Mery Naranjo Jiménez y su familia, en los términos del considerando décimo tercero de la […] Resolución. 6. Requerir al Estado que adopte las medidas necesarias para que la señora María del Socorro Mosquera Londoño, quien se ha visto forzada a trasladarse a otro lugar, regrese con seguridad a su hogar, y adopte cuantas medidas sean necesarias para proteger su vida e integridad personal. En caso de que dicha señora no pueda regresar a su hogar, se requiere a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los beneficiarios o su representante y que, en un plazo de diez días, contado a partir de la notificación de la […] Resolución, informen a la Corte Interamericana de Derechos Humanos la ubicación de la señora Mosquera Londoño para que el Estado pueda brindarle la protección debida en el lugar en que se encuentre. ∗ El Juez Oliver Jackman no participó en la deliberación y firma de la presente Resolución, ya que informó a la Corte que, por motivos de fuerza mayor, no podría participar en el LXXII Período Ordinario de Sesiones del Tribunal.

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