-55- 80.108. Marcelino Rosales Cárdenas nació el 30 de octubre de 1963 en Lima, era estudiante de Humanidades y Artes en la Universidad La Cantuta matriculado en el período lectivo C-91 y vivía en la residencia de estudiantes. Su madre era la señora Demesia Cárdenas Gutiérrez, su hermana era Saturnina Julia Rosales Cárdenas y su hermano era Celestino Eugencio Rosales Cárdenas. * * * 80.109. Los familiares de Hugo Muñoz Sánchez, Dora Oyague Fierro, Marcelino Rosales Cárdenas, Bertila Lozano Torres, Luis Enrique Ortiz Perea, Armando Richard Amaro Cóndor, Robert Edgar Teodoro Espinoza, Heráclides Pablo Meza, Juan Gabriel Mariños Figueroa y Felipe Flores Chipana han sufrido daños como consecuencia de su detención ilegal y desaparición forzada y ejecución extrajudicial de los mismos. Asimismo, los hechos del presente caso han perturbado significativamente la dinámica de las familias de las presuntas víctimas. Representación de los familiares de las presuntas víctimas ante la jurisdicción interna y el sistema interamericano de protección de derechos humanos 80.110. Los familiares de las presuntas víctimas han realizado numerosas gestiones ante las autoridades nacionales, tanto para determinar el paradero de sus seres queridos como en el marco de los procesos penales. Han sido representados por varios abogados y han sido apoyados por APRODEH en la jurisdicción interna y por APRODEH, CEAPAZ y CEJIL ante el sistema interamericano de protección de los derechos humanos. VIII LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DEL ESTADO EN EL CONTEXTO DEL PRESENTE CASO 81. Los hechos del presente caso revisten una particular gravedad por el contexto histórico en que ocurrieron: un contexto de práctica sistemática de detenciones ilegales y arbitrarias, torturas, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas, perpetrada por las fuerzas de seguridad e inteligencia estatales, cuyas características y dinámica han sido esbozadas en los hechos probados (supra párr. 80.1 a 80.8). Es decir, los graves hechos se enmarcan en el carácter sistemático de la represión a que fueron sometidos determinados sectores de la población designados como subversivos o de alguna manera contrarios u opositores al gobierno, con pleno conocimiento e incluso órdenes de los más altos mandos de las fuerzas armadas, de los servicios de inteligencia y del poder ejecutivo de ese entonces, mediante las estructuras de seguridad estatales, las operaciones del denominado “Grupo Colina” y el contexto de impunidad que favorecía esas violaciones. 82. La particular gravedad de los hechos se revela en la existencia de toda una estructura de poder organizado y de procedimientos codificados mediante los cuales operaba la práctica de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas. Estos no constituían hechos aislados o esporádicos, sino que llegaron a configurar un patrón de conducta durante la época en que ocurrieron los hechos, como método de eliminación de miembros o sospechosos de pertenecer a organizaciones subversivas, empleada en forma sistemática y generalizada por agentes estatales, la mayoría de las veces por miembros de las Fuerzas Armadas.

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