-52-
80.89.
Los días 16, 19 y 20 de diciembre de 2005 la Comisión Encargada del Estudio
de las Solicitudes de Extradiciones Activas propuso acceder a los pedidos de extradición del
referido procesado.
80.90.
El 23 de diciembre de 2005 el Presidente de la República, Presidente del
Consejo de Ministros, Ministro de Justicia y Ministro de Relaciones Exteriores dictaron la
Resolución Suprema No. 270-2005-JUS, mediante la cual se “acced[ió] a pedidos de
extradición activa del procesado Alberto Fujimori Fujimori o Kenya Fujimori” y se “disp[uso]
su presentación por vía diplomática al gobierno de la República de Chile”78. El fundamento
de esta Resolución son normas del Decreto Supremo No. 044-93-JUS, de la Ley No. 24710,
de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Tratado de Extradición celebrado entre Perú y
Chile el 5 de noviembre de 193279.
80.91.
El 3 de enero de 2006, mediante nota diplomática no. (CEJ) No. 6/85 de la
Embajada del Perú en Santiago de Chile, el Perú presentó doce pedidos de extradición –
entre los cuales se encuentra el correspondiente al caso La Cantuta–. Dichos pedidos dieron
lugar al procedimiento de extradición ante la Corte Suprema de Justicia de Chile80.
80.92.
El 18 de mayo de 2006, al resolver un recurso de apelación, la Segunda Sala
Penal de la Corte Suprema de Chile decidió otorgar libertad provisional bajo fianza a Alberto
Fujimori Fujimori, con orden de arraigo, que le impide salir de Chile81 y actualmente este
proceso se tramita ante la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de Chile82.
Respecto de las presuntas víctimas y sus familiares
80.93.
El señor Hugo Muñoz Sánchez nació el 24 de septiembre de 1943 en Huanta,
se desempeñaba como profesor en la Universidad de La Cantuta y vivía en la residencia de
docentes. Su esposa era la señora Antonia Pérez Velásquez y sus hijos eran Margarita
Liliana Muñoz Pérez, Hugo Alcibíades Muñoz Pérez, Mayte Yu yin Muñoz Atanasio, Hugo
Fedor Muñoz Atanasio, Carol Muñoz Atanasio, Zorka Muñoz Rodríguez y Vladimir Ilich Muñoz
Sarria; su hermana era la señora Rosario Muñoz Sánchez, y su hermano el señor Fedor
Muñoz Sánchez. El señor Hugo Muñoz Sánchez contribuía con sus ingresos a la subsistencia
de su esposa y sus dos hijos Margarita Liliana Muñoz Pérez y Hugo Alcibíades Muñoz Pérez.
80.94.
Con posterioridad a los hechos la señora Antonia Pérez Velásquez dejó su
trabajo como maestra de educación primaria para dedicarse a buscar a su esposo.
80.95.
El señor Fedor Muñoz Sánchez cobró una pensión correspondiente al profesor
Hugo Muñoz Sánchez y se lo entregaba a la señora Antonia Pérez Velásquez.
78
Cfr. Resolución Suprema No. 270-2005-JUS de 23 de diciembre de 2005 (expediente de prueba para
mejor resolver presentada por el Estado, folios 4181 a 4183).
79
Cfr. Tratado de Extradición entre Perú y Chile de 5 de noviembre de 1932 (expediente de prueba para
mejor resolver presentada por el Estado, folio 4178).
80
Cfr. oficio no. 570-2006 de 8 de agosto de 2006 emitido por la Procuraduría ad hoc (expediente de anexos
al escrito de alegatos finales del Estado, folios 3788 y 3789).
81
Cfr. oficio no. 570-2006 de 8 de agosto de 2006 emitido por la Procuraduría ad hoc (expediente de anexos
al escrito de alegatos finales del Estado, folios 3788 y 3789).
82
Cfr. oficio no. 771-2006 de 3 de noviembre de 2006 emitido por la Procuraduría ad hoc (expediente de
prueba para mejor resolver presentada por el Estado, folio 4177).
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