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POR TANTO:
EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
en uso de las atribuciones que le confieren el artículo 63.2 de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos, y los artículos 4, 15.1, 27.2, 27.9 y 31.2 del Reglamento de la Corte,
RESUELVE:
1.
Convocar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a los representantes de
los beneficiarios de las medidas provisionales y al Estado de Colombia, a una audiencia pública
que se celebrará en la sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos el día 19 de mayo
de 2010, a partir de las 14:30 p.m. y hasta las 16:00 p.m., con el propósito de que el Tribunal
escuche sus alegatos sobre la implementación de las medidas provisionales ordenadas por éste a
favor de los miembros de las comunidades constituidas por el Consejo Comunitario del
Jiguamiandó y las familias del Curbaradó, beneficiarias de las presentes medidas, de
conformidad con los Considerandos 10, 13, 17, 21, 25, 29 y 33 de la presente Resolución.
2.
Notificar esta Resolución a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a los
representantes de los beneficiarios de las medidas provisionales y al Estado de Colombia.
Diego García-Sayán
Presidente
Emilia Segares Rodríguez
Secretaria Adjunta