expresamente en su contra, eventualmente los podría afectar69. Por su parte, el Estado señaló que no existe una
orden judicial de desalojo contra la comunidad70.
74. Finalmente, en relación con el impacto ambiental del proyecto “Fénix”, la parte peticionaria indicó que las
actividades “podrían afectar el agua que ingresa a la comunidad”. Ello debido a que “cuando la empresa ingresa
a trabajar el nacimiento del agua se puede dañar y ensuciar”. Se explicó que esta situación “puede causar
cualquier problema, se puede contaminar el medio ambiente porque esta área es un área protegida”71. La CIDH
toma nota de que el Estado no controvirtió dicha información.
E. Sobre hechos de violencia, amenazas y hostigamientos en contra de miembros de la Comunidad
75. La CIDH recuerda que el 12 de noviembre de 2010 la parte peticionaria presentó ante ésta una solicitud de
medidas cautelares a favor de la Comunidad Agua Caliente, su líder comunitario Rodrigo Tot y su representante
legal Carlos Pop. Ello debido a los “hechos graves y urgentes que generan amplio temor en la comunidad y sus
líderes”. Dentro de dicha información se mencionó el miedo que tiene la Comunidad por las eventuales
represalias que se podrían tomar por haber iniciado trámites judiciales, así como por hechos de violencia,
amenazas y hostigamientos presuntamente cometidos por funcionarios de la CGN y entidades estatales “afines
a sus intereses mineros”72. La Comisión toma nota de los siguientes hechos alegados:
- El 2 de diciembre de 2011 FONTIERRAS habría presionado a la Comunidad para que “nuevamente incluyera
a dos ex-miembros que habían sido excluidos” de la Comunidad Agua Caliente. Se indicó que dicha situación
preocupó a Agua Caliente porque “esto puede permitir a la empresa saber sobre asuntos internos de la
Comunidad e identificar a las personas claves de la misma”73.
- Durante el 2012 el vicealcalde de la municipalidad del Estor habría manifestado a la Comunidad que
“tuvieran cuidado” porque la empresa minera consideraba a Rodrigo Tot como persona no grata a los fines
de la empresa74. La CIDH recuerda que en este año, tal como se indicó previamente, la Comunidad recibió un
panfleto intimidatorio de un grupo autodenominado “Amigos de la inversión estoreña y CGN”75.
- El 22 de marzo de 2012 Carlos Pop habría sido objeto de un robo y de amenazas. Se indica que los
perpetradores le habrían dicho que “sabían cómo ubicarlo”. Se agregó que el presunto robo se habría
enfocado en hurtarle sus celulares, los cuales contenían “información importante”76.
- En mayo de 2012 la empresa CGN habría instalado una estación de control con ocho agentes de seguridad
privada en un terreno que se encontraría en las cercanías a la comunidad. Según los miembros de la
Comunidad se han visto “personas armadas desconocidas y sospechosas merodeando sus tierras”77.
- El 31 de julio de 2012 seis jóvenes de la Comunidad habrían sido involucrados “sin su consentimiento, en
supuestos arreglos con la empresa”. Ello en tanto les habrían hecho firmar un documento “que
supuestamente era sobre asuntos de pago” cuando en realidad era “una aceptación para que la empresa
trabaje en tierras comunitarias sin dificultad”. En esta misma fecha, se indicó que dos miembros de la
Comunidad “fueron interceptados y agredidos, sin razón alguna, con motivo del desalojo de la Comunidad de
Santa María”78.
- El 31 de agosto de 2012 “actores armados” no estatales habrían merodeado las tierras de la Comunidad.
Asimismo, funcionarios de la CGN habrían convencido a casi cien personas de la aldea “Cahaboncito”, la cual
está adyacente a la Comunidad, “en contraprestación por apoyo de la empresa a un proyecto de agua potable”,
para que ingresen a sus territorios a fin desalojarlos. Se explicó que dicho desalojo no se logró realizar. No
Escrito sobre medidas cautelares presentado por los peticionarios el 13 de diciembre de 2018.
Observaciones del Estado presentadas el 23 de marzo de 2018.
71 Escrito de la parte peticionaria de 9 de julio de 2014. Anexo al expediente de medidas cautelares.
72 Escrito de la parte peticionaria de 31 de agosto de 2012. Anexo al expediente de medidas cautelares.
73 Anexo 8. Cuadro de hechos intimidatorios. Anexo al escrito sobre medidas cautelares presentado por la parte peticionaria el 18 de marzo
de 2013. Anexo al expediente de medidas cautelares.
74 Escritos de la parte peticionaria de 31 de agosto de 2012 y el 2 de octubre de 2012. Escrito del Estado de 13 de marzo de 2013. Anexo al
expediente de medidas cautelares.
75 Escrito de la parte peticionaria de 17 de abril de 2012. Anexo al expediente de medidas cautelares.
76 Escrito de la parte peticionaria de 24 de abril de 2012. Anexo al expediente de medidas cautelares.
77 Escrito de la parte peticionaria de 25 de junio de 2013. Anexo al expediente de medidas cautelares.
78 Anexo 8. Cuadro de hechos intimidatorios. Anexo al escrito de la parte peticionaria de18 de marzo de 2013. Anexo al expediente de
medidas cautelares.
69
70
14