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iii)
deficientes condiciones de higiene. Un médico y una enfermera
visitan la cárcel dos veces por semana. Las condiciones del consultorio
médico son precarias y no hay camas para los enfermos. Las condiciones
del consultorio odontológico son precarias y, según indicaron los
internos, la atención la brinda un odontólogo una vez a la semana;
iv)
en cuanto a la seguridad: hay de 18 a 22 agentes de seguridad
por turno (incluyendo agentes penitenciarios, policías militares y los
policías de las torres de vigilancia) para un total de 937 reclusos. No hay
detectores de metales. No hay munición no letal para protección de los
agentes penitenciarios. Una parte de las celdas no tiene candados. Hay
una “celda libre”, en la que circulan libremente 10 a 12 internos. Los
peticionarios de las medidas no pudieron visitar las celdas localizadas en
el edificio principal por la falta de agentes penitenciarios que los
acompañara a realizar la visita. Solamente hay tres nuevos agentes
penitenciarios, quienes recibieron un entrenamiento inicial, pero se
quejaron de las “pésimas condiciones de trabajo” ;
v)
la cárcel todavía se encuentra en reforma. Frente al edificio
principal se está construyendo un nuevo pabellón con espacio para 180
internos y una cancha de deportes; y
vi)
los internos del pabellón principal tienen tres meses de no tomar
el sol, debido a las obras de construcción y porque no hay suficientes
funcionarios para su vigilancia fuera de las celdas;
c)
el 10 de marzo de 2005 el Ministerio Público de Trabajo realizó una
diligencia en la cárcel de Urso Branco, con el propósito de fiscalizar el
cumplimiento del compromiso adquirido por el Estado de Rondônia en diciembre
de 2003 de mejorar las condiciones laborales de los agentes penitenciarios.
Presentaron copia del informe que emitió dicho Ministerio como resultado de la
referida diligencia, e indicaron que “se denota que tanto los servidores como los
internos están expuestos a una situación de total riesgo de violación a su vida e
integridad física” ;
d)
la Comisión Especial instaurada para coordinar el cumplimiento de las
medidas no ha sido efectiva. En los últimos nueve meses se ha reunido tres
veces. Tenía previsto reunirse en junio de 2005, pero por motivos desconocidos
no se reunió a pesar de la situación en que se mantiene la cárcel. Además, en
las últimas reuniones no se discutió sobre las medidas que efectivamente se
están o se deberían estar adoptando;
e)
la investigación por las muertes ocurridas en enero de 2002 se
caracteriza por un retardo injustificado. Por ejemplo, uno de los acusados ha
sido intimado a declarar en abril de 2006. Además, El Estado no presenta
información precisa sobre las distintas investigaciones. El Brasil no presentó
información sobre los homicidios de veinte internos ocurridos entre febrero de
2002 y enero de 2005. El Estado no presentó documentación relativa a las 31
investigaciones internas instauradas para averiguar sobre las fugas de internos
y las supuestas irregularidades cometidas por agentes penitenciarios; y
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