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Hernando Méndez Bedoya y José Vicente Gutiérrez Giraldo, los sargentos José
Miller Ureña Díaz y Juan Carlos Gamarra Polo, y el Teniente Coronel Lino
Hernando Sánchez Prado (supra párrs. 96.117 y 96.120). Existe una
sentencia condenatoria en segunda instancia que absolvió a José Vicente
Gutiérrez Giraldo y confirmó la anterior dictada en contra de Carlos Castaño,
Julio Flórez, los sargentos José Miller Ureña Díaz y Juan Carlos Gamarra Polo,
y el Teniente Coronel Lino Hernando Sánchez Prado (supra párr. 96.122);
e)
de esas siete condenas a penas privativas de libertad, existen al
menos dos órdenes de captura pendientes de ejecución, a saber, las dictadas
en contra de los paramilitares Carlos Castaño Gil y Luis Hernando Méndez
Bedolla. Sin embargo, según información aportada por el Estado, la orden de
captura girada en contra de Carlos Castaño Gil se encuentra suspendida128; y
g)
el 3 de agosto de 2005 la Unidad Nacional de Fiscalías ordenó la
vinculación formal de Salvatore Mancuso Gómez. Sin embargo, el 4 de agosto
de 2005 dicha Unidad manifestó que “por su condición de miembro
representante de las denominadas ‘Autodefensas Unidas de Colombia’ frente
al proceso de paz que se adelanta y la desmovilización y reincorporación a la
vida civil de los hombres bajo su mando, fue dispuesta la suspensión de la
misma conforme lo prevé el inciso segundo del parágrafo segundo del artículo
3 de la Ley 782 de 2002. Sin embargo, para garantizar la comparecencia del
señor Mancuso Gómez a la investigación, [se] solicit[ó al Alto Comisionado
para la Paz que informara] el lugar de residencia o ubicación, para [...] ser
escuchado en diligencia de indagatoria”. Además, el 3 de agosto de 2005
expidió orden de captura en contra de José Pastor Gaitán Ávila, por ser
presunto coautor de los delitos de homicidio en concurso material con los
punibles de secuestro, terrorismo y concierto para delinquir129.
Procesos contencioso administrativos
a) Familiares de los señores Álvaro Tovar Muñoz y José Rolan Valencia
96.127
En octubre de 1998 Beatriz Rojas Vargas y su hija menor de edad,
Yulieth Lorena Tovar Rojas; Ernesto Tovar Muñoz; Marina Sanmiguel Duarte, en su
nombre y en representación de sus hijos menores de edad, Nadia Mariana, Yinda
Adriana, Johanna Marina, Roland Andrés y Ronald Mayiber Valencia Sanmiguel; Ligia
Tovar de Ossa, Ernesto Tovar Loaiza, María Teresa Pérez Carrillo, en nombre propio
y en representación de sus hijos menores de edad, Sandra Milena Tovar Pérez y
Adriana Tovar Pérez, Edelmira Tovar Muñoz y Fatty Tovar Muñoz, presentaron ante
el Tribunal Contencioso Administrativo del Meta, Villavicencio, una demanda en la
que solicitaban que
[se] declare[] a la nación colombiana – Ministerio de Defensa (Fuerza Pública) Ejército
Nacional y Policía Nacional solidariamente, administrativamente responsables de la
muerte de los señores Álvaro Tovar Muñoz y José Roland Valencia, por paramilitares en
128
Cfr. informe elaborado por la Fiscalía General de la Nación el 6 de abril de 2005 (expediente de
anexos a los alegatos finales presentados por el Estado, folio 4986).
129
Cfr. resolución de 3 de agosto de 2005, emitida por la Unidad Nacional de Derechos Humanos y
Derecho Internacional Humanitario; nota de 4 de agosto de 2005, suscrita por un Fiscal Especializado de
la Fiscalía General de la Nación, dirigida al Alto Comisionado para la Paz (expediente de prueba para mejor
resolver presentada por los representantes).
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